{"id":25343,"date":"2023-07-05T14:43:16","date_gmt":"2023-07-05T12:43:16","guid":{"rendered":"https:\/\/www.lksnext.com\/es\/?post_type=noticias_boletin&#038;p=25343"},"modified":"2023-07-05T14:43:16","modified_gmt":"2023-07-05T12:43:16","slug":"derecho-a-no-recibir-llamadas-comerciales-no-solicitadas","status":"publish","type":"noticias_boletin","link":"https:\/\/www.lksnext.com\/es\/noticias_boletin\/derecho-a-no-recibir-llamadas-comerciales-no-solicitadas\/","title":{"rendered":"Derecho a no recibir llamadas comerciales no solicitadas"},"content":{"rendered":"<p>El 29 de junio de 2023 ha entrado en vigor el derecho a no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicaci\u00f3n comercial contemplado en el art\u00edculo 66.1.b) de la Ley 11\/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones.<\/p>\n<p>En relaci\u00f3n con lo anterior, se ha publicado en el BOE la Circular de la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de Datos (en adelante, AEPD) con los criterios conforme a los que va a actuar la AEPD en relaci\u00f3n con este derecho. A continuaci\u00f3n, resumimos los puntos m\u00e1s relevantes de la misma.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Contexto<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Esta nueva regulaci\u00f3n implica un cambio sustancial respecto del r\u00e9gimen jur\u00eddico anterior. Se establece el derecho a no recibir llamadas no deseadas, con fines de comunicaci\u00f3n comercial, salvo que exista consentimiento previo del propio usuario para recibir este tipo de comunicaciones comerciales o salvo que la comunicaci\u00f3n pueda ampararse en otra base de legitimaci\u00f3n de las previstas en el art\u00edculo 6.1 del Reglamento (UE) 2016\/679 de tratamiento de datos personales (en adelante, RGPD).<\/p>\n<p>Seg\u00fan el criterio de la AEPD, las bases jur\u00eddicas aplicables quedar\u00edan limitadas, adem\u00e1s de al consentimiento del afectado, al inter\u00e9s leg\u00edtimo, dado que no resultan de aplicaci\u00f3n la ejecuci\u00f3n del contrato ni el resto de los supuestos contemplados en dicho precepto.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Consentimiento<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>El consentimiento debe haber sido prestado de acuerdo con las previsiones del RGPD.<\/p>\n<p>No podr\u00e1n realizarse llamadas a n\u00fameros generados de forma aleatoria sin consentimiento.<\/p>\n<p>Las llamadas a personas usuarias que figuren en gu\u00edas de personas abonadas requerir\u00e1n que se haya prestado el consentimiento especifico previo.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Inter\u00e9s leg\u00edtimo<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>El responsable del tratamiento deber\u00e1 realizar, con car\u00e1cter previo, la correspondiente ponderaci\u00f3n de los derechos e intereses en conflicto.<\/p>\n<p>Se presumir\u00e1, salvo prueba en contrario, que el tratamiento es l\u00edcito cuando exista una relaci\u00f3n contractual previa, siempre que se hubieran obtenido de forma l\u00edcita los datos y se emplearan para comunicaciones comerciales referentes a productos o servicios de su propia empresa que sean similares a los que inicialmente fueron objeto de contrataci\u00f3n.<\/p>\n<p>La presunci\u00f3n anterior no ampara la comunicaci\u00f3n de datos a otras entidades del mismo grupo empresarial con fines de comunicaci\u00f3n comercial, en cuyo caso, ser\u00e1 necesario el consentimiento.<\/p>\n<p>No se presumir\u00e1 el inter\u00e9s leg\u00edtimo cuando no exista relaci\u00f3n contractual vigente, solicitud o interacci\u00f3n previa realizada durante el \u00faltimo a\u00f1o por parte de la persona interesada con el responsable que pretenda realizar la acci\u00f3n comercial, particularmente cuando el tratamiento suponga una p\u00e9rdida de control de la persona interesada sobre sus datos.<\/p>\n<p>En todo caso, debe cumplirse con el deber de transparencia y facilitarse el ejercicio de derecho de oposici\u00f3n que ser\u00e1 mencionado expl\u00edcitamente a la persona interesada en la primera comunicaci\u00f3n, conforme al RGPD.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Sistemas de exclusi\u00f3n publicitaria<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Se deber\u00e1n consultar previamente los sistemas de exclusi\u00f3n publicitaria (Lista Robinson) que pudieran afectar a su actuaci\u00f3n, excluyendo del tratamiento los datos de las personas interesadas que hubieran manifestado su oposici\u00f3n o negativa al tratamiento, salvo cuando la persona interesada hubiera prestado su consentimiento para recibir la comunicaci\u00f3n a quien pretenda realizarla.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Tratamiento de datos de contacto, de empresarios individuales y de profesionales liberales<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Se presumir\u00e1 licito el tratamiento de datos de las personas f\u00edsicas que presten servicios en una persona jur\u00eddica cuando (i) el tratamiento se refiera \u00fanicamente a los datos necesarios para su localizaci\u00f3n profesional y (ii) la finalidad del tratamiento sea \u00fanicamente mantener relaciones de cualquier \u00edndole con la persona jur\u00eddica en la que el afectado preste sus servicios.<\/p>\n<p>La misma presunci\u00f3n operar\u00e1 con los datos de empresarios individuales y a los profesionales liberales, cuando se refieran a ellos \u00fanicamente en dicha condici\u00f3n y no se traten para entablar una relaci\u00f3n con los mismos como personas f\u00edsicas.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Otras garant\u00edas adicionales<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Al inicio de la llamada se debe informar sobre la identidad del empresario o de la persona por cuenta de la cual se efect\u00faa la llamada, la finalidad comercial y sobre la posibilidad de revolcar el consentimiento o ejercer el derecho de oposici\u00f3n.<\/li>\n<li>Cualquier manifestaci\u00f3n inequ\u00edvoca del usuario contraria a la recepci\u00f3n de dichas llamadas deber\u00e1 entenderse como revocaci\u00f3n del consentimiento o, en su caso, ejercicio del derecho de oposici\u00f3n, debiendo atenderse inmediatamente.<\/li>\n<li>La grabaci\u00f3n de la llamada podr\u00e1 utilizarse como modo de demostrar el cumplimiento de la normativa sobre protecci\u00f3n de datos personales.<\/li>\n<\/ol>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El 29 de junio de 2023 ha entrado en vigor el derecho a no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicaci\u00f3n comercial contemplado 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