{"id":29429,"date":"2024-01-10T14:58:11","date_gmt":"2024-01-10T13:58:11","guid":{"rendered":"https:\/\/www.lksnext.com\/es\/?post_type=noticias_boletin&#038;p=29429"},"modified":"2024-01-10T14:58:11","modified_gmt":"2024-01-10T13:58:11","slug":"editorial-diciembre-2023","status":"publish","type":"noticias_boletin","link":"https:\/\/www.lksnext.com\/es\/noticias_boletin\/editorial-diciembre-2023\/","title":{"rendered":"EDITORIAL DICIEMBRE 2023"},"content":{"rendered":"<p>El inicio del a\u00f1o 2024 plantea ciertos interrogantes sobre cu\u00e1l va a ser el alcance de la actividad econ\u00f3mica en el concierto mundial. La situaci\u00f3n geopol\u00edtica actual es compleja y los distintos conflictos b\u00e9licos existentes pueden tener efectos negativos sobre el desarrollo del comercio internacional, como ahora est\u00e1 sucediendo con el conflicto abierto en el Canal de Suez, que est\u00e1 restringiendo el comercio mar\u00edtimo por dicha v\u00eda y encareciendo significativamente el importe de los env\u00edos procedentes de Asia. Los pa\u00edses est\u00e1n tratando de minimizar el impacto de esta incertidumbre mediante la adopci\u00f3n de distintas medidas de car\u00e1cter econ\u00f3mico-social dirigidas a proporcionar estabilidad al sistema.<\/p>\n<p>Mientras tanto la Uni\u00f3n Europea est\u00e1 promoviendo la aprobaci\u00f3n de normas que hagan posible la modernizaci\u00f3n del escenario comercial europeo, protegiendo, al mismo tiempo, los derechos de las empresas y los de la ciudadan\u00eda. En este escenario, merece la pena llamar la atenci\u00f3n sobre dos iniciativas legislativas que est\u00e1n llamadas a tener pr\u00f3ximamente una gran relevancia en el mundo empresarial. Por una parte, la aprobaci\u00f3n provisional del Reglamento de la Inteligencia Artificial el pasado d\u00eda 9 de diciembre, del que ya nos hicimos eco en su momento, que va a tener un impacto enorme en el desarrollo de la econom\u00eda europea de los pr\u00f3ximos a\u00f1os, por lo que habr\u00e1 que estar muy atento al momento en que se proceda a su aprobaci\u00f3n definitiva. Y por otra, la Directiva de diligencia debida sobre sostenibilidad corporativa sobre la que se ha alcanzado un acuerdo provisional el pasado 14 de diciembre por el Consejo y el Parlamento europeo, y que tiene por objeto mejorar la protecci\u00f3n del medio ambiente y de los derechos humanos en la Uni\u00f3n Europea, que va desplegar igualmente efectos muy relevantes sobre el modo en que los administradores y directivos de las sociedades van a desempe\u00f1ar su labor. La nueva Directiva de diligencia debida dibuja un panorama en el que la sostenibilidad se erige en una referencia indiscutible en la gesti\u00f3n de las empresas. Ahora bien, para que dicho elemento est\u00e9 realmente presente en la organizaci\u00f3n y direcci\u00f3n de las empresas, la proyectada norma europea establece, entre otras medidas, la obligaci\u00f3n de que las grandes empresas eviten impactos adversos reales y potenciales sobre el medio ambiente y los derechos humanos en su cadena de actividades comerciales, por lo que dicha obligaci\u00f3n tambi\u00e9n se extiende a los proveedores que contrate para hacer efectivos sus compromisos contractuales. Esto significa que las empresas que presten sus servicios a grandes empresas tambi\u00e9n van a estar sometidas a dicha nueva Directiva, con todo lo que ello supone.<\/p>\n<p>En efecto, la novedad de la nueva normativa proyectada reside en que las empresas deber\u00e1n adoptar y poner en pr\u00e1ctica un plan de transici\u00f3n dirigido a mitigar los efectos del cambio clim\u00e1tico y conseguir asimismo proteger debidamente los derechos humanos en el desarrollo de su actividad. Si dichas nuevas exigencias no se llevaran a cabo, las empresas en cuesti\u00f3n podr\u00e1n ser objeto de reclamaciones civiles por haber incumplido dichas obligaciones y de otras sanciones de distinta \u00edndole. Una vez que esta Directiva se apruebe a lo largo del 2024, los administradores y directivos de las compa\u00f1\u00edas deber\u00e1n tener en cuenta dichas nuevas exigencias normativas, ya que podr\u00e1n ser hechos responsables de no cumplir dicha obligaci\u00f3n. Esta atribuci\u00f3n de una responsabilidad por no llevar a cabo una gesti\u00f3n sostenible tiene su fundamento en que el deber de diligencia de los administradores y directivos va a verse ampliado notablemente con la aprobaci\u00f3n de esta nueva norma. La sostenibilidad, en suma, va a dejar de ser una referencia abstracta de la forma en que deben gestionarse las empresas, dotada eso s\u00ed de un indudable componente reputacional, para convertirse en una nueva exigencia que los administradores deber\u00e1n tener presente en el desempe\u00f1o de su labor que, y que, de no cumplir, podr\u00e1 suponer que se abra una nueva puerta para hacerles responsables personalmente de su actividad directiva. La gesti\u00f3n de empresas, por tanto, se va a tener que hacer m\u00e1s sostenible, no solo por convicci\u00f3n social, sino porque las consecuencias jur\u00eddicas de su inobservancia resultaran relevantes, desde todo punto de vista. Habr\u00e1 que estar atentos al momento en que la Directiva se apruebe y se implante este modelo de gesti\u00f3n empresarial, porque va a suponer un cambio cualitativo indudable en la direcci\u00f3n estrat\u00e9gica de las empresas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El inicio del a\u00f1o 2024 plantea ciertos interrogantes sobre cu\u00e1l va a ser el alcance de la actividad econ\u00f3mica en el concierto mundial. 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