{"id":21476,"date":"2023-01-09T14:16:31","date_gmt":"2023-01-09T13:16:31","guid":{"rendered":"https:\/\/www.lksnext.com\/es\/?post_type=noticias_boletin&#038;p=21476"},"modified":"2023-01-09T14:16:31","modified_gmt":"2023-01-09T13:16:31","slug":"materia-mercantil-estado-diciembre-2022","status":"publish","type":"noticias_boletin","link":"https:\/\/www.lksnext.com\/eu\/noticias_boletin\/materia-mercantil-estado-diciembre-2022\/","title":{"rendered":"MATERIA MERCANTIL ESTADO DICIEMBRE 2022"},"content":{"rendered":"<h2><strong>LEY DE FOMENTO DEL ECOSISTEMA DE LAS EMPRESAS EMERGENTES<\/strong><\/h2>\n<p><strong>B.O.E.:<\/strong> 22.12.2022<br \/>\n<strong>Entrada en vigor<\/strong>: 23.12.2022<br \/>\n<strong>Efectos:<\/strong> en funci\u00f3n de lo previsto en su articulado<\/p>\n<p>El 23 de diciembre entr\u00f3 en vigor la\u00a0Ley 28\/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, tambi\u00e9n conocida como Ley de Startups.<\/p>\n<p>A efectos de esta Ley se entender\u00e1 por empresa emergente a toda persona jur\u00eddica, incluidas las empresas de base tecnol\u00f3gica, que sea de nueva creaci\u00f3n o, no si\u00e9ndolo, no hayan transcurrido m\u00e1s de 5 o 7 a\u00f1os desde la inscripci\u00f3n de su constituci\u00f3n en el registro correspondiente. Adem\u00e1s, los requisitos que deben cumplir son:<\/p>\n<ul>\n<li>No distribuir ni haber distribuido dividendos, ni retornos en el caso de las cooperativas y no cotizar en un mercado regulado.<\/li>\n<li>Tener su sede social, domicilio social o establecimiento permanente en Espa\u00f1a y que el 60% de la plantilla cuente con contrato laboral en Espa\u00f1a. En las cooperativas se computar\u00e1n dentro de la plantilla, a los solos efectos del citado porcentaje, los socios trabajadores y los socios de trabajo, cuya relaci\u00f3n sea de naturaleza societaria.<\/li>\n<li>Desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador cuya finalidad sea resolver un problema o mejorar una situaci\u00f3n existente mediante el desarrollo de productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparaci\u00f3n con el estado de la t\u00e9cnica.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Asimismo, entre las novedades introducidas en el \u00e1mbito laboral, destaca la modificaci\u00f3n\u00a0de la\u00a0Ley 14\/2013, de 27 de septiembre,\u00a0de apoyo a los emprendedores y su internacionalizaci\u00f3n,\u00a0en lo relativo a la:<\/p>\n<ul>\n<li>Creaci\u00f3n de una nueva categor\u00eda de visado y de autorizaci\u00f3n de residencia para las personas trabajadoras n\u00f3madas: el visado para teletrabajadores de car\u00e1cter internacional.<\/li>\n<li>Ampliaci\u00f3n de 2 a 3 a\u00f1os la vigencia de las autorizaciones de residencia para inversores y para investigaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Fijaci\u00f3n en 3 a\u00f1os la vigencia de la residencia para emprendedores y para traslados intraempresariales.<\/li>\n<li>Ampliaci\u00f3n de 12 a 24 meses la autorizaci\u00f3n de residencia concedida a las personas estudiantes.<\/li>\n<li>Ampliaci\u00f3n de 6 meses a 1 a\u00f1o el periodo de validez de la autorizaci\u00f3n de residencia para pr\u00e1cticas y de 1 a\u00f1o a 2 el periodo total resultante de la suma de la autorizaci\u00f3n inicial y su pr\u00f3rroga.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Po \u00faltimo, esta nueva ley contempla una bonificaci\u00f3n durante 3 a\u00f1os del 100% de las cuotas a la Seguridad Social para personas trabajadoras aut\u00f3nomas de empresas emergentes en situaci\u00f3n de pluriactividad.<\/p>\n<p><a class=\"boton naranja\" href=\"https:\/\/www.boe.es\/diario_boe\/txt.php?id=BOE-A-2022-21739\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">Bolet\u00edn oficial<\/a><\/p>\n<hr \/>\n<h2><strong>REAL DECRETO DE MEDIDAS DE RESPUESTA A LAS CONSECUENCIAS ECON\u00d3MICAS Y SOCIALES DE LA GUERRA DE UCRANIA Y APOYO A LA RECONSTRUCCI\u00d3N DE LA ISLA DE LA PALMA Y A OTRAS SITUACIONES DE VULNERABILIDAD<\/strong><\/h2>\n<p><strong>B.O.E.:<\/strong> 28.12.2022<br \/>\n<strong>Entrada en vigor<\/strong>: 28.12.2022<br \/>\n<strong>Efectos:<\/strong> en funci\u00f3n de lo previsto en su articulado<\/p>\n<p>Entre las medidas introducidas por el Real Decreto-ley 20\/2022 de 27 de diciembre, cabe destacar la pr\u00f3rroga de la medida excepcional de la moratoria contable que exclu\u00eda las p\u00e9rdidas de los ejercicios 2020 y 2021 a los efectos de determinar la existencia de la causa de disoluci\u00f3n de sociedades de capital cuando las p\u00e9rdidas acumuladas de \u00e9stas de reduzcan por debajo de la mitad de su capital social, de forma que no se deber\u00e1n computar las p\u00e9rdidas de los citados ejercicios 2020 y 2021 hasta el cierre del ejercicio que se inicie en el a\u00f1o 2024.<\/p>\n<p>De esta forma, si en el resultado de los ejercicios 2022, 2023 y 2024 (excluidas las p\u00e9rdidas de 2020 y 2021) se aprecia que el patrimonio neto de una sociedad queda reducido a la mitad del capital social, concurrir\u00e1 la causa de disoluci\u00f3n por p\u00e9rdidas y deber\u00e1 actuarse conforme a la Ley de Sociedades de Capital.<\/p>\n<p>En todo caso, no debe confundirse esta extensi\u00f3n del plazo respecto del r\u00e9gimen de disoluci\u00f3n por p\u00e9rdidas con la \u201cmoratoria concursal\u201d, cuya vigencia expir\u00f3 en julio de 2022.<\/p>\n<p>Entre otras medidas, tambi\u00e9n cabe destacar que el Real Decreto-ley ha modificado el r\u00e9gimen concursal de la deuda con aval del ICO.<\/p>\n<p><a class=\"boton naranja\" href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2022\/12\/28\/pdfs\/BOE-A-2022-22685.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">Bolet\u00edn oficial<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>LEY DE FOMENTO DEL ECOSISTEMA DE LAS EMPRESAS EMERGENTES B.O.E.: 22.12.2022 Entrada en vigor: 23.12.2022 Efectos: en funci\u00f3n de lo previsto en su articulado El 23 de diciembre entr\u00f3 en vigor la\u00a0Ley 28\/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, tambi\u00e9n conocida como Ley de Startups. 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