{"id":22305,"date":"2023-02-03T09:18:15","date_gmt":"2023-02-03T08:18:15","guid":{"rendered":"https:\/\/www.lksnext.com\/es\/?post_type=noticias_boletin&#038;p=22305"},"modified":"2023-02-03T09:18:15","modified_gmt":"2023-02-03T08:18:15","slug":"subvencion-del-fondo-de-residuos-2023-flujo-de-otros-residuos-no-peligrosos","status":"publish","type":"noticias_boletin","link":"https:\/\/www.lksnext.com\/eu\/noticias_boletin\/subvencion-del-fondo-de-residuos-2023-flujo-de-otros-residuos-no-peligrosos\/","title":{"rendered":"Subvenci\u00f3n del fondo de residuos 2023. Flujo de otros residuos no peligrosos"},"content":{"rendered":"<p><strong>B.O.N.<\/strong><strong>: <\/strong>27.01.2023<br \/>\n<strong>Entrada en vigor: <\/strong>28.01.2023<\/p>\n<h2><strong>Objeto<\/strong><\/h2>\n<p>El objeto de estas bases es regular la subvenci\u00f3n en 2023 en materia residuos industriales que se financian con el Fondo de Residuos seg\u00fan lo establecido en el art. 3 del Decreto Foral 49\/2020 de 15 de julio, por el que se regula el Fondo de Residuos.<\/p>\n<p>La finalidad de esta subvenci\u00f3n es contribuir a la priorizaci\u00f3n de los escalones superiores de la jerarqu\u00eda de residuos, al cumplimiento de los objetivos previstos en materia de residuos de conformidad con lo establecido en la Ley Foral 14\/2018, de 18 de junio, de Residuos y su Fiscalidad y a lo establecido en el art\u00edculo 2 Decreto Foral 49\/2020 de 15 de julio, por el que se regula el Fondo de Residuos.<\/p>\n<p>El cr\u00e9dito autorizado para hacer frente a los compromisos derivados de esta convocatoria es de 1.400.000 euros que se repartir\u00e1 entre los distintos tipos de proyectos y\/o actividades que se detallan en el siguiente apartado.<\/p>\n<h2><strong>Beneficiarios<\/strong><\/h2>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>Pueden optar a las subvenciones que se regulan en estas bases:<\/p>\n<ul>\n<li>Cualquier empresa que tenga su centro de producci\u00f3n en la Comunidad Foral de Navarra y generen o gestionen residuos industriales (seg\u00fan se definen en el art. 3 d) de la Ley 22\/2011 y en el apartado 18 del PEMAR 2016-2022).<\/li>\n<li>Entidades acreditadas como agentes de ejecuci\u00f3n del Sistema Navarro de I+D+i (SINAI) e inscritas en el Registro de Agentes regulado por la Orden Foral 2E\/2020, de 28 de febrero.<\/li>\n<\/ul>\n<h2><strong>Actividades y gastos subvencionables<\/strong><\/h2>\n<p>Ser\u00e1n objeto de subvenci\u00f3n las acciones de gastos corrientes (estudios o proyectos, arrendamiento de bienes, material fungible, trabajos realizados por otras empresas, publicidad, jornadas, folletos, campa\u00f1as informativas, etc.) o inversiones de capital, relacionadas con la gesti\u00f3n de residuos industriales. Para esta convocatoria, ser\u00e1n subvencionables los proyectos que desarrollen las siguientes l\u00edneas de actuaci\u00f3n:<\/p>\n<ul>\n<li>L\u00ednea 1 de actuaci\u00f3n. Dotado con un m\u00e1ximo de 1.000.000 euros para proyectos de prevenci\u00f3n, preparaci\u00f3n para la reutilizaci\u00f3n, reciclaje u otro tipo de valorizaci\u00f3n, de residuos industriales basados en la modificaci\u00f3n de los procesos productivos actuales y en aplicaci\u00f3n de las mejores t\u00e9cnicas disponibles. En los proyectos que se basen en la modificaci\u00f3n de procesos, se podr\u00e1n incluir la utilizaci\u00f3n de materiales reciclados como materias primas de dicho proceso. Se incluir\u00e1n aquellas actuaciones en la mejora de la trazabilidad, control y estandarizaci\u00f3n en la gesti\u00f3n de los residuos.<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"padding-left: 40px;\">Tambi\u00e9n podr\u00e1n ser subvencionables la minimizaci\u00f3n de los residuos peligrosos industriales, las inversiones realizadas en las instalaciones de tratamiento de residuos, excluyendo las operaciones de almacenamiento en el \u00e1mbito de la recogida de residuos (operaciones R13\/D15) y los proyectos de impulso a la econom\u00eda circular.<\/p>\n<ul>\n<li>L\u00ednea 2 de actuaci\u00f3n. Proyectos de I+D+i de car\u00e1cter industrial aplicados al campo de la prevenci\u00f3n, de la preparaci\u00f3n para la reutilizaci\u00f3n y del reciclaje de residuos industriales. Los cuales pueden incluir la investigaci\u00f3n industrial y el desarrollo experimental incluidos el ecodise\u00f1o. Dotado con un m\u00e1ximo de 400.000 euros.<\/li>\n<\/ul>\n<h2><strong>Forma y plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes<\/strong><\/h2>\n<p>El plazo para la presentaci\u00f3n de las solicitudes ser\u00e1 de 1 mes, que comenzar\u00e1 el d\u00eda siguiente al de la publicaci\u00f3n de la convocatoria en el BON y concluir\u00e1 el mismo d\u00eda en que se produjo la publicaci\u00f3n en el mes de vencimiento.<\/p>\n<p>El plazo para la presentaci\u00f3n de las solicitudes ser\u00e1 de un mes, que comenzar\u00e1 el d\u00eda siguiente al de la publicaci\u00f3n de la convocatoria en el BON y finalizar\u00e1 el d\u00eda del mes siguiente equivalente al del d\u00eda de la publicaci\u00f3n.<\/p>\n<p><a class=\"boton naranja\" href=\"https:\/\/bon.navarra.es\/es\/anuncio\/-\/texto\/2023\/19\/23\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">Bolet\u00edn oficial<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>B.O.N.: 27.01.2023 Entrada en vigor: 28.01.2023 Objeto El objeto de estas bases es regular la subvenci\u00f3n en 2023 en materia residuos industriales que se financian con el Fondo de Residuos seg\u00fan lo establecido en el art. 3 del Decreto Foral 49\/2020 de 15 de julio, por el que se regula el Fondo de Residuos. 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