{"id":24337,"date":"2023-05-04T12:20:12","date_gmt":"2023-05-04T10:20:12","guid":{"rendered":"https:\/\/www.lksnext.com\/es\/?post_type=noticias_boletin&#038;p=24337"},"modified":"2023-05-04T12:20:12","modified_gmt":"2023-05-04T10:20:12","slug":"materia-fiscal-internacional-abril-2023","status":"publish","type":"noticias_boletin","link":"https:\/\/www.lksnext.com\/eu\/noticias_boletin\/materia-fiscal-internacional-abril-2023\/","title":{"rendered":"MATERIA FISCAL INTERNACIONAL ABRIL 2023"},"content":{"rendered":"<p><strong>Australia<\/strong><\/p>\n<p><strong>SE APRUEBA UN PROYECTO LEGISLATIVO PARA DENEGAR LA DEDUCIBILIDAD DE LOS GASTOS SATISFECHOS POR LA CESI\u00d3N DE INTANGIBLES A JUSRISDICCIONES DE BAJA TRIBUTACI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n Tributaria ha publicado un proyecto legislativo que, cuando se apruebe, denegar\u00e1 la deducibilidad de los pagos realizados a partes vinculadas, por entidades globales significativas (SGEs), por activos intangibles, cuando los ingresos de la explotaci\u00f3n de activos intangibles se deriven de una jurisdicci\u00f3n donde no se apliquen tipos impositivos del Impuesto sobre Sociedades o se apliquen tipos impositivos bajos.<\/p>\n<p>Esta medida de integridad se anunci\u00f3 inicialmente como parte de los Presupuestos 2022\/23 y est\u00e1 previsto que se aplique a los pagos realizados o a las obligaciones contra\u00eddas a partir del 1 de julio de 2023.<\/p>\n<p>Este proyecto tiene por objeto disuadir a las ESG de eludir el Impuesto sobre Sociedades, incluida la retenci\u00f3n a cuenta, estructurando sus acuerdos de modo que los ingresos procedentes de la explotaci\u00f3n de activos intangibles sean obtenidos en una jurisdicci\u00f3n de baja tributaci\u00f3n por una empresa asociada de esa ESG, mientras que las deducciones por pagos efectuados por la ESG a una empresa asociada que sean atribuibles a esos activos intangibles o a activos intangibles conexos se reclamen en Australia. En virtud de este proyecto, no se admite ninguna deducci\u00f3n por el pago efectuado por el ESG a su asociada. Por lo general, los ESG son miembros de un grupo multinacional con unos ingresos anuales mundiales iguales o superiores a 1.000 millones de AUD.<\/p>\n<p>Los pagos u obligaciones por activos inmateriales tendr\u00e1n un significado amplio que abarcar\u00e1 el uso, la comercializaci\u00f3n, la venta, la concesi\u00f3n de licencias y la distribuci\u00f3n del activo inmaterial. Tambi\u00e9n puede incluir el suministro, la recepci\u00f3n o la cesi\u00f3n a t\u00edtulo oneroso del activo. Adem\u00e1s, puede incluir pagos o pasivos por explotar otro activo que sea un derecho con respecto al activo o un inter\u00e9s en el mismo, o cualquier otra cosa con respecto al activo. El \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n es intencionadamente amplio con el fin de captar la variedad de formas en que los activos intangibles pueden ser explotados en las empresas de un grupo SGE.<\/p>\n<p>Las normas se aplicar\u00e1n tanto a los pagos directos como indirectos a partes vinculadas y no se exigir\u00e1 un seguimiento estricto de los pagos. M\u00e1s bien, la principal consideraci\u00f3n es que los ingresos procedentes de la explotaci\u00f3n de un activo intangible est\u00e9n sujetos a un impuesto en una jurisdicci\u00f3n en la que el tipo m\u00e1s bajo del Impuesto sobre Sociedades aplicable a una SGE sea inferior al 15%. Concretamente, cuando no se aplique ning\u00fan impuesto sobre la renta a un importe determinado, se considerar\u00e1 que el tipo es nulo. Adem\u00e1s, tambi\u00e9n se denegar\u00e1n las deducciones cuando los ingresos se obtengan en una jurisdicci\u00f3n que, a juicio de las autoridades, ofrezca un r\u00e9gimen preferente de patent box sin exigir una sustancia econ\u00f3mica suficiente en dicha jurisdicci\u00f3n.<\/p>\n<hr \/>\n<p><strong>Polonia<\/strong><\/p>\n<p><strong>SE PUBLICAN DIRECTRICES SOBRE LA DOCUMENTACI\u00d3N EN MATERIA DE PRECIOS DE TRASFERENCIA<\/strong><\/p>\n<p>El Ministerio de Finanzas public\u00f3 recientemente un proyecto de Ley que modifica el Reglamento sobre los requisitos de documentaci\u00f3n en materia de precios de transferencia y el anexo inherente para racionalizar las disposiciones con las modificaciones de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, de 7 de octubre de 2022.<\/p>\n<p>El proyecto de Ley del Reglamento en cuesti\u00f3n establece las siguientes modificaciones:<\/p>\n<ul>\n<li>Supresi\u00f3n de determinadas obligaciones de informaci\u00f3n impuestas actualmente a los contribuyentes que realicen operaciones indirectas con entidades situadas en jurisdicciones de baja tributaci\u00f3n, en concreto, la obligaci\u00f3n de incluir en la Informaci\u00f3n TP, los datos relativos al pa\u00eds o territorio del lugar de residencia, domicilio social o direcci\u00f3n del beneficiario efectivo y el importe de la operaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Modificaci\u00f3n de la forma de presentar la situaci\u00f3n de los microempresarios y peque\u00f1os empresarios en la TPR (secci\u00f3n D).<\/li>\n<li>Modificaci\u00f3n del contenido de la declaraci\u00f3n adjunta al Local File por los contribuyentes que realicen operaciones controladas y no controladas con entidades situadas en jurisdicciones de baja tributaci\u00f3n.<\/li>\n<li>La modificaci\u00f3n posterior del anexo del Reglamento.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Las disposiciones modificadas se aplicar\u00e1n a la documentaci\u00f3n TP para los ejercicios fiscales que comiencen a partir de 2022.<\/p>\n<p>El Reglamento entrar\u00e1 en vigor 14 d\u00edas despu\u00e9s de su promulgaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial.<\/p>\n<p><strong>SE PUBLICAN DIRECTRICES SOBRE LA APLICACI\u00d3N DEL M\u00c9TODO DE REVENTA EN MATERIA DE PRECIOS DE TRASFERENCIA<\/strong><\/p>\n<p>El pasado 29 de marzo de 2023, el Ministerio de Finanzas public\u00f3 unas directrices que aclaran la aplicaci\u00f3n del m\u00e9todo del precio de reventa utilizado para determinar el valor de plena competencia de las transacciones entre partes vinculadas y se centran en los aspectos pr\u00e1cticos de dicha aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Las directrices aclaran:<\/p>\n<ul>\n<li>El \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n del m\u00e9todo del precio de reventa.<\/li>\n<li>Un procedimiento para seleccionar la entidad auditada.<\/li>\n<li>Un m\u00e9todo para determinar el margen del precio de reventa y calcular el precio de compra.<\/li>\n<li>El m\u00e9todo de selecci\u00f3n del coeficiente de rentabilidad.<\/li>\n<li>Criterios para la comparabilidad de las transacciones y las entidades.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Las directrices se aplican a las operaciones controladas incluidas en las disposiciones de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas F\u00edsicas realizadas despu\u00e9s del 31 de diciembre de 2018.<\/p>\n<p><strong>SE PUBLICAN DIRECTRICES SOBRE LA APLICACI\u00d3N DEL M\u00c9TODO NETRO TRANSACCIONAL EN MATERIA DE PRECIOS DE TRASFERENCIA<\/strong><\/p>\n<p>Tras la publicaci\u00f3n de las directrices que aclaran la aplicaci\u00f3n del m\u00e9todo del precio de reventa utilizado para determinar el valor de plena competencia de las transacciones entre partes vinculadas, el Ministerio de Finanzas ha vuelto a publicar las directrices sobre el m\u00e9todo del margen neto transaccional, publicadas inicialmente en diciembre de 2021. Las directrices se centran en los aspectos pr\u00e1cticos de la aplicaci\u00f3n de este m\u00e9todo, incluyendo varios ejemplos ilustrativos.<\/p>\n<p>Las directrices aclaran, entre otras cosas, el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n del m\u00e9todo del margen neto transaccional, un procedimiento para seleccionar la entidad auditada, un m\u00e9todo para determinar el margen neto de beneficios y calcular la base adecuada (por ejemplo, costes, ventas, activos), el m\u00e9todo de selecci\u00f3n y comparabilidad del coeficiente de rentabilidad, los criterios para la comparabilidad de las transacciones y entidades, y las adversidades en el uso del m\u00e9todo del margen neto.<\/p>\n<p>Las directrices se aplican a las operaciones controladas incluidas en las disposiciones de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas F\u00edsicas realizadas despu\u00e9s del 31 de diciembre de 2018.<\/p>\n<hr \/>\n<p><strong>Brasil<\/strong><\/p>\n<p><strong>SE PRORROGA LA VALIDEZ DE LA MEDIDA PROVISIONAL QUE INTRODUCE LAS NUEVAS NORMAS EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA<\/strong><\/p>\n<p>El Congreso Nacional ha prorrogado, por 60 d\u00edas, los efectos de la Medida Provisional 1152\/2022, que establec\u00eda la aplicaci\u00f3n de las nuevas reglas en materia de precios de transferencia alineadas con las Directrices de la OCDE.<\/p>\n<p>La vigencia de la Medida Provisional 1152\/2022 fue prorrogada por la Ley del Congreso 16\/2023, publicada en el Bolet\u00edn Oficial del pasado 30 de marzo de 2023.<\/p>\n<p>El objetivo de la Medida Provisoria 1152\/2022 es determinar la base para el c\u00e1lculo del Impuesto sobre Sociedaes(IRPJ) y la contribuci\u00f3n social sobre la renta neta (CSLL) de las personas jur\u00eddicas domiciliadas en Brasil que realicen operaciones con partes vinculadas en el extranjero. La aplicaci\u00f3n de la medida provisional es facultativa para el a\u00f1o calendario 2023 y obligatoria a partir de 2024 (art\u00edculos 46 y 48).<\/p>\n<p>Las Medidas Provisionales son dictadas por el Presidente sin intervenci\u00f3n de los \u00f3rganos legislativos. Tienen una validez de 60 d\u00edas naturales, prorrogables por otros 60 d\u00edas. Despu\u00e9s de este per\u00edodo, pierden su efecto, a menos que sean aprobadas y convertidas en ley por el Congreso Nacional.<\/p>\n<hr \/>\n<p><strong>Alemania<\/strong><\/p>\n<p><strong>SE APRUEBA UN PROYECTO DE LEY PARA GRAVAR EL PL\u00c1STICO DE UN SOLO USO<\/strong><\/p>\n<p>El pasado 31 de marzo de 2023, el Consejo Federal aprob\u00f3 un proyecto de Ley que aplica parte de la Directiva de la UE sobre pl\u00e1sticos de un solo uso (2019\/904) para luchar contra los productos de un solo uso y la consiguiente suciedad de ciudades, paisajes y aguas. El proyecto de Ley, aprobado previamente por la C\u00e1mara Baja del Parlamento alem\u00e1n el pasado 2 de marzo de 2023, se refiere a la introducci\u00f3n de una tasa sobre los pl\u00e1sticos de un solo uso en el contexto de la responsabilidad ampliada del productor.<\/p>\n<hr \/>\n<p><strong>Ruman\u00eda<\/strong><\/p>\n<p><strong>SE MODIFICA EL REGISTRO EN EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR A\u00d1ADIDO<\/strong><\/p>\n<p>Ruman\u00eda ha publicado recientemente, en el Bolet\u00edn Oficial la Orden n\u00ba 347\/2023 por la que se modifican determinadas \u00f3rdenes de la Agencia Nacional de Administraci\u00f3n Fiscal (NAFA) relacionadas con el registro del IVA y la cancelaci\u00f3n del registro del IVA de una persona jur\u00eddica.<\/p>\n<p>La Orden n\u00ba 347\/2023 incluye modificaciones de las siguientes \u00f3rdenes de la NAFA:<\/p>\n<ul>\n<li>Orden NAFA n.\u00ba 631\/2016 por la que se aprueba la disposici\u00f3n y el contenido de determinados formularios para el registro del IVA\/anulaci\u00f3n del registro del IVA.<\/li>\n<li>Orden NAFA n.\u00ba 239\/2021 para la aprobaci\u00f3n del procedimiento de registro del IVA de conformidad con el art\u00edculo 316, apartado 1, letras a), b) o c), de la Ley n.\u00ba 227\/2015 relativa al C\u00f3digo Fiscal.<\/li>\n<li>Orden NAFA n\u00ba 2012\/2016 por la que se aprueba el Procedimiento para el cambio de oficio del vector tributario relativo al IVA, as\u00ed como la disposici\u00f3n y contenido de determinados formularios.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Adem\u00e1s de la recientemente introducida Orden n\u00ba 2509\/5672\/C\/2022, que introduce la posibilidad de inscripci\u00f3n inicial del IVA en el Registro Mercantil, la Orden n\u00ba 347\/2023 deroga el formulario 098 &#8220;Solicitud de inscripci\u00f3n en el IVA, de acuerdo con el art\u00edculo 316 p\u00e1rrafo (1) letra a) de la Ley n\u00ba 227\/2015 relativa al C\u00f3digo Fiscal&#8221;, que pas\u00f3 a ser redundante. Como antecedente, antes de la Orden n\u00ba 2509\/5672\/C\/2022, cuando el registro inicial del IVA no era posible en el Registro Mercantil, las empresas de nueva creaci\u00f3n utilizaban el Formulario 098 para solicitar el registro inicial del IVA ante la Administraci\u00f3n Tributaria.<\/p>\n<p>La Orden n\u00ba 347\/2023 tambi\u00e9n modifica el procedimiento de registro del IVA y prev\u00e9 la posibilidad de que las autoridades fiscales cancelen el registro del IVA incluso en el caso de procedimientos de oficio.<\/p>\n<hr \/>\n<p><strong>Argentina<\/strong><\/p>\n<p><strong>SE SUSPENDEN LOS BENEFICIOS A LOS IMPORTADORES Y SE REANUDA EL COBRO ANTICIPADO DE LOS IMPUESTOS A LA IMPORTACIONES DE BIENES<\/strong><\/p>\n<p>En fechas recientes, se ha aprobado la Resoluci\u00f3n General 5339, publicada en el Bolet\u00edn Oficial del 29 de marzo de 2023, y vigente a partir de esa fecha, en la que aprueba la suspensi\u00f3n del beneficio a los importadores.<\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n Federal de Ingresos P\u00fablicos (AFIP) decidi\u00f3 suspender, hasta el 31 de diciembre de 2023, la aplicaci\u00f3n del r\u00e9gimen que permite excluir a los importadores de la percepci\u00f3n anticipada del Impuesto sobre Sociedades y del IVA.<\/p>\n<p>De acuerdo con la Resoluci\u00f3n General 2281 y la Resoluci\u00f3n General 2937, la Administraci\u00f3n Nacional de Aduanas debe percibir en forma anticipada el Impuesto sobre Sociedades y el IVA en el momento de la importaci\u00f3n de bienes. En los casos en que la percepci\u00f3n anticipada pueda resultar en el pago de impuestos en exceso, los sujetos pasivos pueden solicitar a la AFIP un certificado de exclusi\u00f3n para quedar excluidos de la percepci\u00f3n anticipada del Impuesto sobre Sociedades (Resoluci\u00f3n General 830) o del IVA (Resoluci\u00f3n General 2226). Dicho certificado es v\u00e1lido ante la Administraci\u00f3n Aduanera, quien no percibir\u00e1 anticipadamente ninguno de los dos impuestos.<\/p>\n<p>Como resultado de la suspensi\u00f3n de este beneficio, la Administraci\u00f3n de Aduanas est\u00e1 obligada a recaudar por adelantado el Impuesto sobre Sociedades (a un tipo del 6%) y el IVA (a un tipo del 20% para los art\u00edculos sujetos al tipo general del IVA del 21%, y del 10% para los art\u00edculos sujetos al tipo reducido del IVA del 10,5%) en cualquier importaci\u00f3n de bienes realizada hasta el 31 de diciembre de 2023.<\/p>\n<p>No obstante, la suspensi\u00f3n no se aplica a:<\/p>\n<ul>\n<li>Las importaciones realizadas por microempresas y peque\u00f1as empresas.<\/li>\n<li>Las importaciones realizadas por cuenta del Estado Nacional.<\/li>\n<li>Las importaciones exentas de impuestos federales seg\u00fan la Ley 27.701.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Los importes del Impuesto sobre Sociedades percibidos en forma anticipada ser\u00e1n considerados como impuesto pagado por los importadores y, por lo tanto, podr\u00e1n ser computados en su declaraci\u00f3n del Impuesto sobre Sociedades.<\/p>\n<p>Las cantidades cobradas anticipadamente correspondientes al IVA podr\u00e1n computarse como impuesto pagado a partir del noveno per\u00edodo fiscal mensual siguiente a la importaci\u00f3n.<\/p>\n<hr \/>\n<p><strong>Turqu\u00eda<\/strong><\/p>\n<p><strong>SE APRUEBA EL TIPO DE REVALORIZACI\u00d3N DE ACTIVOS PARA EL 2023<\/strong><\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n Tributaria emiti\u00f3 la Circular 62 sobre la Ley del Impuesto de Sociedades en donde establece el nuevo tipo de revalorizaci\u00f3n de activos para el ejercicio 2023.<\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n Tributaria ha fijado oficialmente el tipo de revalorizaci\u00f3n de los activos para el primer per\u00edodo de pagos anticipados (es decir, enero-abril de 2023) relativo al ejercicio fiscal 2023, el cual asciende al 8,77%.<\/p>\n<hr \/>\n<p><strong>OCDE<\/strong><\/p>\n<p><strong>EXENCI\u00d3N TEMPORAL A LA CONTABILIDAD DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES DIFERIDO TRAS LA IMPLANTACI\u00d3N DEL PILAR II <\/strong><\/p>\n<p>El pasado 11 de abril de 2023, el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (CNIC) celebr\u00f3 una reuni\u00f3n especial sobre las implicaciones de las normas del Segundo Pilar en relaci\u00f3n con la NIC 12, Impuesto sobre Sociedades.<\/p>\n<p>El IASB confirm\u00f3 una excepci\u00f3n temporal para reconocer y revelar informaci\u00f3n sobre activos y pasivos por impuestos diferidos relacionados con el Impuesto sobre Sociedades del Segundo Pilar. La excepci\u00f3n temporal ser\u00e1 obligatoria y no habr\u00e1 un plazo concreto para su aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El mismo acuerdo se produjo tambi\u00e9n con respecto a la modificaci\u00f3n de la NIC 12, exigiendo a una entidad que revele por separado sus gastos o ingresos por el impuesto corriente relacionado con los Impuesto sobre Sociedades del Segundo Pilar cuando las normas est\u00e9n en vigor.<\/p>\n<p>Se lleg\u00f3 a un compromiso en el sentido de que la divulgaci\u00f3n de informaci\u00f3n deb\u00eda tener en cuenta tres dimensiones:<\/p>\n<ul>\n<li>Un objetivo de divulgaci\u00f3n destinado a ayudar a los usuarios de los estados financieros a comprender la exposici\u00f3n de la entidad al Impuestos sobre Sociedades del Segundo Pilar derivados de las normas.<\/li>\n<li>Una parte descriptiva en la que se detalle c\u00f3mo la entidad debe tratar de cumplir el objetivo de divulgaci\u00f3n (parte que se reformular\u00e1 frente a la propuesta del personal t\u00e9cnico).<\/li>\n<li>Explicaciones cualitativas sobre el progreso y los elementos necesarios para que la entidad pueda llegar a una estimaci\u00f3n fiable y cuantificable del impacto de las normas cuando dicha estimaci\u00f3n no est\u00e9 disponible en primer lugar.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Se espera que las modificaciones definitivas de la NIC 12 Impuesto sobre Sociedades que cubren los puntos anteriores se publiquen a finales de mayo de 2023.<\/p>\n<p>Se espera que las primeras divulgaciones basadas en las normas comiencen en el primer trimestre de 2024, lo que deja a los grupos en el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n poco tiempo para prepararse, y tambi\u00e9n en un momento en que existen muchas incertidumbres en torno a las normas como tales y en torno a su aplicaci\u00f3n en las legislaciones de los pa\u00edses locales.<\/p>\n<p>Las empresas multinacionales probablemente desear\u00edan m\u00e1s claridad sobre algunos aspectos de la informaci\u00f3n a publicar en relaci\u00f3n con las normas. Por ejemplo, la forma en que se aplican localmente los impuestos nacionales m\u00ednimos complementarios cualificados y la manera en que los reg\u00edmenes de seguridad para las transacciones encajan en el calendario de la informaci\u00f3n siguen suscitando dudas.<\/p>\n<hr \/>\n<p><strong>Lituania<\/strong><\/p>\n<p><strong>SE MODIFICA LA NORMATIVA QUE REGULA LA DAC7<\/strong><\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n Tributaria ha modificado las normas relativas a la presentaci\u00f3n de informaci\u00f3n a las autoridades fiscales sobre las actividades realizadas en plataformas. Las normas se modificaron tras recibir comentarios de que las normas no transponen plenamente los requisitos de la Directiva de modificaci\u00f3n de la Directiva de 2011 sobre cooperaci\u00f3n administrativa (2021\/514) (DAC7).<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Australia SE APRUEBA UN PROYECTO LEGISLATIVO PARA DENEGAR LA DEDUCIBILIDAD DE LOS GASTOS SATISFECHOS POR LA CESI\u00d3N DE INTANGIBLES A JUSRISDICCIONES DE BAJA TRIBUTACI\u00d3N La Administraci\u00f3n Tributaria ha publicado un proyecto legislativo que, cuando se apruebe, denegar\u00e1 la deducibilidad de los pagos realizados a partes vinculadas, por entidades globales significativas (SGEs), por activos intangibles, cuando [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"featured_media":0,"template":"","tipo_articulo":[3187],"ambito_geografico":[3196],"boletin":[4396],"class_list":["post-24337","noticias_boletin","type-noticias_boletin","status-publish","hentry","tipo_articulo-materia-fiscal","ambito_geografico-internacional","boletin-abril"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.lksnext.com\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/noticias_boletin\/24337","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.lksnext.com\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/noticias_boletin"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.lksnext.com\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/types\/noticias_boletin"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.lksnext.com\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=24337"}],"wp:term":[{"taxonomy":"tipo_articulo","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lksnext.com\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/tipo_articulo?post=24337"},{"taxonomy":"ambito_geografico","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lksnext.com\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/ambito_geografico?post=24337"},{"taxonomy":"boletin","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lksnext.com\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/boletin?post=24337"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}