{"id":25324,"date":"2023-07-05T14:43:17","date_gmt":"2023-07-05T12:43:17","guid":{"rendered":"https:\/\/www.lksnext.com\/es\/?post_type=noticias_boletin&#038;p=25324"},"modified":"2023-07-05T14:43:17","modified_gmt":"2023-07-05T12:43:17","slug":"materia-fiscal-internacional-junio-2023","status":"publish","type":"noticias_boletin","link":"https:\/\/www.lksnext.com\/eu\/noticias_boletin\/materia-fiscal-internacional-junio-2023\/","title":{"rendered":"MATERIA FISCAL INTERNACIONAL JUNIO 2023"},"content":{"rendered":"<h2><strong>Rep\u00fablica Dominicana<\/strong><\/h2>\n<h3><strong>SE IMPLEMENTA LA FACTURACI\u00d3N ELECTR\u00d3NICA OBLIGATORIA<\/strong><\/h3>\n<p>La Rep\u00fablica Dominicana ha introducido recientemente un r\u00e9gimen obligatorio de facturaci\u00f3n electr\u00f3nica que los contribuyentes deber\u00e1n implementar en un plazo m\u00e1ximo de 12 a 36 meses.<\/p>\n<p>Los contribuyentes residentes deber\u00e1n adoptar el sistema de facturaci\u00f3n electr\u00f3nica en unos plazos espec\u00edficos a partir de la entrada en vigor de la Ley 32 (reguladora de la facturaci\u00f3n electr\u00f3nica) el 16 de mayo de 2023, dependiendo de su tama\u00f1o:<\/p>\n<ul>\n<li>Grandes empresas nacionales: 12 meses.<\/li>\n<li>Grandes empresas locales y medianas: 24 meses.<\/li>\n<li>Peque\u00f1as empresas y microempresas: 36 meses.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Los contribuyentes que se acojan voluntariamente al sistema de facturaci\u00f3n electr\u00f3nica antes del plazo establecido al efecto tendr\u00e1n derecho a una deducci\u00f3n asociada a este concepto.<\/p>\n<hr \/>\n<h2><strong>Eslovenia<\/strong><\/h2>\n<h3><strong>SE PRORROGA EL TIPO REDUCIDO DEL IVA PARA LOS PRODUCTOS ENERG\u00c9TICOS<\/strong><\/h3>\n<p>Se ha aprobado un Proyecto de Ley que prorroga el tipo reducido del Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido para los productos energ\u00e9ticos hasta el 31 de diciembre de 2023.<\/p>\n<p>Seg\u00fan la normativa anterior, el periodo de aplicaci\u00f3n de un tipo reducido de Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido del 9,5% para productos energ\u00e9ticos como la electricidad, el gas natural, la calefacci\u00f3n urbana y la le\u00f1a expiraba el 31 de mayo de 2023. As\u00ed, se propuso ampliar este periodo hasta el 31 de diciembre de 2023.<\/p>\n<p>La entrada en vigor se produjo 1 de junio de 2023.<\/p>\n<hr \/>\n<h2><strong>Francia<\/strong><\/h2>\n<h3><strong>NUEVAS MEDIDAS PARA LUCHAR CONTRA EL FRAUDE FISCAL INTERNACIONAL<\/strong><\/h3>\n<p>El ministro franc\u00e9s de Econom\u00eda y Finanzas ha publicado recientemente una hoja de ruta para luchar contra el fraude en las cuentas p\u00fablicas (fiscal, aduanero y de la Seguridad Social).<\/p>\n<p>La hoja de ruta incluye 35 medidas dentro de cinco \u00e1reas principales. Las medidas m\u00e1s relevantes son las siguientes, entre otras:<\/p>\n<ol>\n<li>Adaptaci\u00f3n a los retos digitales:<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li style=\"list-style-type: none;\">\n<ul>\n<li>Ampliaci\u00f3n del \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n de la facturaci\u00f3n electr\u00f3nica para luchar contra el fraude fiscal en el Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido.<\/li>\n<li>Mejora de los recursos de la Administraci\u00f3n para contrarrestar el uso de criptoactivos para el fraude y el blanqueo de capitales.<\/li>\n<li>Garantizar que las autoridades de la Seguridad Social tengan acceso abierto a los datos de las cuentas bancarias.<\/li>\n<li>Implantaci\u00f3n de un sistema que permita a los contribuyentes denunciar los gastos sanitarios indebidamente reembolsados (fraude en la identificaci\u00f3n).<\/li>\n<li>Reforzar los controles aduaneros en las <em>&#8220;zonas grises&#8221;<\/em> del comercio electr\u00f3nico.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<ol start=\"2\">\n<li>Sistema sancionador m\u00e1s justo y contundente:<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li style=\"list-style-type: none;\">\n<ul>\n<li>Crear un sistema interministerial de seguimiento y an\u00e1lisis de los riesgos de fraude y una base de datos de cuentas bancarias fraudulentas.<\/li>\n<li>Suspender temporalmente el pago de subvenciones p\u00fablicas en caso de sospecha de fraude.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<ol start=\"3\">\n<li>Reforzar la lucha contra el fraude internacional:<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li style=\"list-style-type: none;\">\n<ul>\n<li>Ampliar el per\u00edodo de residencia m\u00ednimo para poder acceder a prestaciones de la Seguridad Social francesa (excluidas las pensiones).<\/li>\n<li>Ampliaci\u00f3n de los requisitos de documentaci\u00f3n sobre precios de transferencia y endurecimiento de las sanciones en caso de incumplimiento de dichos requisitos.<\/li>\n<li>La adopci\u00f3n de una estrategia nacional sobre el intercambio internacional de informaci\u00f3n para la lucha contra el fraude.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<ol start=\"4\">\n<li>Implementar acciones de coordinaci\u00f3n y cooperaci\u00f3n entre las instituciones nacionales para la mejora de la eficacia contra el fraude.<\/li>\n<\/ol>\n<hr \/>\n<h2><strong>Alemania<\/strong><\/h2>\n<h3><strong>NUEVAS DIRECTRICES GENERALES SOBRE LAS NORMAS EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA<\/strong><\/h3>\n<p>El Ministerio de Hacienda ha publicado nuevos principios administrativos sobre precios de transferencia que proporcionan una interpretaci\u00f3n sobre las normas alemanas en materia de precios de transferencia.<\/p>\n<p>Los nuevos principios administrativos de 2023 sustituyen a las anteriores orientaciones administrativas sobre las normas en materia de precios de transferencia de 14 de julio de 2021.<\/p>\n<p>El anexo de los nuevos principios administrativos incluye una versi\u00f3n en alem\u00e1n de las Directrices de la OCDE sobre precios de transferencia para empresas multinacionales y administraciones tributarias de 2022.<\/p>\n<hr \/>\n<h2><strong>Alemania<\/strong><\/h2>\n<h3><strong>SE HAN PUBLICADO ORIENTACIONES SOBRE LA APLICACI\u00d3N DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES EN OPERACIONES INTRAGRUPO<\/strong><\/h3>\n<p>El Ministerio de Hacienda ha publicado una gu\u00eda administrativa sobre la aplicaci\u00f3n del art\u00edculo 6.a) de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales de Bienes Inmuebles.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 6.a) de la citada Ley prev\u00e9 desgravaciones fiscales para las reestructuraciones dentro de un grupo de empresas y una descripci\u00f3n detallada de las personas jur\u00eddicas que intervienen en una operaci\u00f3n de esta naturaleza y que pueden tener derecho a desgravaci\u00f3n fiscal.<\/p>\n<hr \/>\n<h2><strong>Croacia<\/strong><\/h2>\n<h3><strong>SE HA PROPUESTO LA MODIFICACI\u00d3N DE UNA SERIE DE NORMAS FISCALES<\/strong><\/h3>\n<p>El gobierno ha anunciado recientemente un paquete de modificaciones a la normativa fiscal. Las modificaciones propuestas y relacionadas con la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas F\u00edsicas son las que tienen mayor relevancia, ya que las eventuales modificaciones deber\u00edan traducirse en un aumento de la renta neta de las personas f\u00edsicas.<\/p>\n<p>Las modificaciones propuestas plantean cambios en las siguientes normas:<\/p>\n<ul>\n<li>Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas F\u00edsicas.<\/li>\n<li>Ley de cotizaciones obligatorias a la Seguridad Social.<\/li>\n<li>Ley de Impuestos Locales.<\/li>\n<li>Ley de Fiscalizaci\u00f3n de las Ventas en Efectivo.<\/li>\n<li>Ley del Impuesto sobre Sociedades.<\/li>\n<li>Ley del Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido.<\/li>\n<li>Ley de Financiaci\u00f3n de Ciudades, Municipios y Comarcas.<\/li>\n<li>Ley de cooperaci\u00f3n administrativa en materia fiscal.<\/li>\n<li>Ley de Servicios de Asesor\u00eda Fiscal.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Se prev\u00e9 que la mayor\u00eda de las modificaciones entren en vigor el 1 de enero de 2024.<strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<h3><strong>SE PROPONEN MODIFICACIONES EN LA NORMATIVA DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES<\/strong><\/h3>\n<p>El Gobierno ha anunciado recientemente una serie de modificaciones en la normativa tributaria. A continuaci\u00f3n, se resumen las modificaciones m\u00e1s relevantes desde el punto de vista del Impuesto sobre Sociedades.<\/p>\n<ul>\n<li>Supresi\u00f3n de la retenci\u00f3n a cuenta sobre los pagos transfronterizos de honorarios por servicios de estudios de mercado, servicios de consultor\u00eda fiscal y empresarial y honorarios de auditor\u00eda. Sin embargo, si el beneficiario est\u00e1 establecido en territorio no cooperador de la UE a efectos fiscales, se aplicar\u00e1 una retenci\u00f3n a cuenta del 25%. El mismo criterio se aplicar\u00e1 a los pagos transfronterizos de intereses, dividendos y c\u00e1nones si el beneficiario est\u00e1 establecido en un territorio no cooperador.<\/li>\n<li>Ampliaci\u00f3n de la exenci\u00f3n del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales sobre intereses, dividendos y c\u00e1nones aplicable a los residentes fiscales de otro Estado miembro de la UE (basada en la Directiva de la UE sobre intereses y c\u00e1nones (2003\/49) y en la Directiva sobre sociedades matrices y filiales (2011\/96) a los residentes fiscales del Espacio Econ\u00f3mico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega fuera de la UE)).<\/li>\n<li>La denegaci\u00f3n de la deducibilidad de los regalos, donativos o liberalidades y otros beneficios proporcionados que puedan ser sancionados con arreglo a la legislaci\u00f3n penal.<\/li>\n<li>La fecha de vencimiento del pago del impuesto se corresponder\u00e1 con la presentaci\u00f3n de la declaraci\u00f3n anual.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Se prev\u00e9 que la mayor\u00eda de las modificaciones entren en vigor el 1 de enero de 2024.<\/p>\n<h3><strong>SE PROPONEN MODIFICACIONES EN LA NORMATIVA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS F\u00cdSICAS<\/strong><\/h3>\n<p>El Gobierno ha anunciado recientemente una serie modificaciones en la normativa fiscal en varios \u00e1mbitos. Las modificaciones normativas que han suscitado un mayor inter\u00e9s son aquellas relacionadas con el Impuesto sobre la Renta de las Personas F\u00edsicas por su posible impacto en la renta neta disponible de los contribuyentes. A continuaci\u00f3n, se resumen las modificaciones normativas m\u00e1s relevantes:<\/p>\n<ul>\n<li><u>Impuesto sobre la Renta de las Personas F\u00edsicas<\/u>\n<ul>\n<li>Aumento de la renta personal b\u00e1sica mensual no sujeta a tributaci\u00f3n de 530,90 euros a 560 euros, aumentando as\u00ed la renta personal en funci\u00f3n de los familiares a cargo y las discapacidades por motivos de salud.<\/li>\n<li>Como compensaci\u00f3n por la supresi\u00f3n del Impuesto Municipal, las ciudades y los gobiernos locales podr\u00e1n gravar las viviendas vacacionales con un impuesto de hasta 5 euros por metro cuadrado, en lugar de 1,99 euros por metro cuadrado.<\/li>\n<li>Aumento del umbral para la aplicaci\u00f3n del tipo impositivo m\u00e1s bajo (20%) sobre la renta anual (de 47.780,28 euros a 50.400 euros).<\/li>\n<li>Modificaci\u00f3n del tratamiento fiscal de las propinas para que, a partir de un determinado umbral (que fijar\u00e1 posteriormente el Ministerio de Hacienda), dichas percepciones tributen como otras rentas al 20%.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li><u>Cotizaciones Obligatorias a la Seguridad Social<\/u>\n<ul>\n<li>El gobierno reducir\u00e1 la base de c\u00e1lculo de las cotizaciones a la Seguridad Social (Pilar I) sobre los rendimientos del trabajo. Para las personas f\u00edsicas con un salario mensual superior a 700 euros, la base disminuir\u00e1 a 300 euros. La disminuci\u00f3n lineal de la base imponible se aplica a los salarios comprendidos entre 700 y 1.300 euros. La reducci\u00f3n de la base para el c\u00e1lculo de las cotizaciones a la pensi\u00f3n no afectar\u00e1 a los futuros ingresos por pensiones (la diferencia se financiar\u00e1 con cargo a los presupuestos del Estado).<\/li>\n<li>Los ingresos percibidos por propinas no estar\u00e1n sujetos al pago de las cotizaciones obligatorias a la Seguridad Social.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<p>Se prev\u00e9 que la mayor\u00eda de las modificaciones entren en vigor a partir del 1 de enero de 2024.<\/p>\n<h3><strong>SE PROPONEN MODIFICACIONES EN LA NORMATIVA DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR A\u00d1ADIDO<\/strong><\/h3>\n<p>El Gobierno ha anunciado recientemente una serie de modificaciones que afectan a la normativa del Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido. Las modificaciones m\u00e1s relevantes son las siguientes:<\/p>\n<ul>\n<li>Simplificaci\u00f3n del procedimiento para la modificaci\u00f3n del Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido repercutido por parte del proveedor en caso de impago por parte del cliente (condonaci\u00f3n de deudas incobrables), cancelaci\u00f3n de entregas y descuentos concedidos con posterioridad a la entrega. Ya no ser\u00e1 necesario que el cliente confirme por escrito que se ha ajustado el Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido soportado. En su lugar, el cliente deber\u00e1 ajustar\/disminuir el Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido soportado despu\u00e9s de que el proveedor lo notifique al cliente y a las autoridades fiscales.<\/li>\n<li>Adopci\u00f3n de la Directiva de modificaci\u00f3n de la Directiva del Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido (2020\/284) en lo que respecta a los requisitos para los proveedores de servicios de pago (PSP). En determinadas condiciones, los PSP tendr\u00e1n que llevar registros de los pagos transfronterizos y de los beneficiarios de los pagos para que las autoridades de los Estados miembros puedan llevar a cabo controles de las entregas de bienes y prestaciones de servicios que se considere que tienen lugar en un Estado miembro.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Asimismo, se proponen modificaciones en la Ley sobre la fiscalizaci\u00f3n de las ventas en efectivo:<\/p>\n<ul>\n<li>Se plantean modificaciones derivadas de la regulaci\u00f3n de las propinas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas F\u00edsicas. Cuando se emita una factura por una venta en efectivo (incluidos los pagos con tarjeta), el proveedor tambi\u00e9n tendr\u00e1 que enviar a las autoridades fiscales los datos sobre la propina recibida del cliente.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Se prev\u00e9 que la mayor\u00eda de las modificaciones entren en vigor a partir del 1 de enero de 2024.<\/p>\n<hr \/>\n<h2><strong>Azerbaiy\u00e1n<\/strong><\/h2>\n<h3><strong>SE EXIME DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR A\u00d1ADIDIO A LA COMPRA DE DETERMINADOS PRODUCTOS<\/strong><\/h3>\n<p>Azerbaiy\u00e1n ha modificado la lista de materias primas y suministros importados exentos de Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido.<\/p>\n<p>As\u00ed, se incluyen los formularios de pasaportes y documentos de identidad de nueva generaci\u00f3n impresos en el extranjero.<\/p>\n<hr \/>\n<h2><strong>Suecia<\/strong><\/h2>\n<h3><strong>LA OCDE RECOMIENDA BAJAR EL MARGINAL DEL TIPO IMPOSITIVO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FIS\u00cdCAS Y AUMENTAR EL PORCENTAJE DE RETENCI\u00d3N A LOS DIVIDENDOS<\/strong><\/h3>\n<p>Suecia deber\u00eda reducir el tipo impositivo marginal m\u00e1ximo sobre las rentas del trabajo y aumentar la tributaci\u00f3n de los dividendos, seg\u00fan un informe de la OCDE.<\/p>\n<p>La Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3mico (OCDE) ha recomendado a Suecia que reduzca su tipo impositivo marginal m\u00e1ximo sobre las rentas del trabajo y aumente la tributaci\u00f3n de los dividendos.<\/p>\n<p>La cu\u00f1a fiscal sobre las rentas del trabajo en Suecia es elevada. La gran diferencia entre los rendimientos del trabajo y los rendimientos del capital incentiva el desplazamiento de la renta.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, las normas suecas sobre la deducibilidad de los intereses hipotecarios y la baja regresividad de los impuestos recurrentes sobre los bienes inmuebles crean distorsiones a favor de las viviendas ocupadas por sus propietarios. Por ello, Suecia deber\u00eda considerar la reforma del actual Impuesto sobre Bienes Inmuebles para alinear mejor los cambios fiscales con el valor de mercado de la propiedad y eliminar gradualmente la deducibilidad de los intereses hipotecarios.<\/p>\n<p>Los cambios en esos \u00e1mbitos deber\u00edan redundar en un mayor apoyo al empleo y al crecimiento, preservando al mismo tiempo la sostenibilidad fiscal.<\/p>\n<hr \/>\n<h2><strong>Argentina<\/strong><\/h2>\n<h3><strong>EXENCI\u00d3N DE LOS ELEMENTOS COMPENSATORIOS DE LOS TRABAJADORES EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTAS DE LAS PERSONAS F\u00cdSICAS<\/strong><\/h3>\n<p>La Administraci\u00f3n Federal de Ingresos P\u00fablicos (AFIP) ha puesto a disposici\u00f3n en su sitio web varios fallos que, en l\u00edneas generales, confirman la aplicaci\u00f3n de la disposici\u00f3n contenida en el inciso x) del art\u00edculo 26 de la Ley del Impuesto a las Ganancias que, en l\u00edneas generales, otorga una exenci\u00f3n impositiva a las remuneraciones percibidas por los empleados de forma adicional al sueldo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Los conceptos considerados en dichos fallos suelen estar incluidos en los convenios colectivos celebrados entre los sindicatos (que se organizan por rama de actividad) y las correspondientes representaciones empresariales y, como tales, son en muchos casos, espec\u00edficos del sector correspondiente. En consecuencia, las resoluciones pertinentes han sido solicitadas por los sindicatos u otras entidades que representan a los trabajadores.<\/p>\n<hr \/>\n<h2><strong>Brasil<\/strong><\/h2>\n<h3><strong>SE APRUEBAN NUEVAS NORMAS EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA<\/strong><\/h3>\n<p>Brasil ha publicado la Ley 14.596 que introduce nuevas normas que alinean las reglas brasile\u00f1as de precios de transferencia con los est\u00e1ndares de la Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3mico (OCDE).<\/p>\n<p><strong>SE APRUEBAN MODIFICACIONES EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS F\u00cdSICAS<\/strong><\/p>\n<p>Las autoridades fiscales brasile\u00f1as han modificado la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas F\u00edsicas. Las modificaciones se refieren principalmente al tramo progresivo mensual del Impuesto sobre la Renta de las Personas F\u00edsicas y al descuento mensual simplificado.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se hicieron modificaciones a las normas del Impuesto sobre la Renta de las Personas F\u00edsicas en base a decisiones judiciales emitidas por el Tribunal Supremo Federal sobre ciertos aspectos del impuesto.<\/p>\n<p>La entrada en vigor de las reformas se produjo el 24 de mayo de 2023.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Rep\u00fablica Dominicana SE IMPLEMENTA LA FACTURACI\u00d3N ELECTR\u00d3NICA OBLIGATORIA La Rep\u00fablica Dominicana ha introducido recientemente un r\u00e9gimen obligatorio de facturaci\u00f3n electr\u00f3nica que los contribuyentes deber\u00e1n implementar en un plazo m\u00e1ximo de 12 a 36 meses. 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