{"id":34811,"date":"2024-12-04T14:55:21","date_gmt":"2024-12-04T13:55:21","guid":{"rendered":"https:\/\/www.lksnext.com\/es\/?post_type=noticias_boletin&#038;p=34811"},"modified":"2024-12-04T14:55:21","modified_gmt":"2024-12-04T13:55:21","slug":"la-audiencia-de-murcia-absuelve-al-exsecretario-y-exarquitecto-municipal-de-cieza-del-delito-de-falsedad-en-el-proyecto-de-convenio-de-urbanizacion-de-benis","status":"publish","type":"noticias_boletin","link":"https:\/\/www.lksnext.com\/eu\/noticias_boletin\/la-audiencia-de-murcia-absuelve-al-exsecretario-y-exarquitecto-municipal-de-cieza-del-delito-de-falsedad-en-el-proyecto-de-convenio-de-urbanizacion-de-benis\/","title":{"rendered":"La Audiencia de Murcia absuelve al exsecretario y exarquitecto municipal de Cieza del delito de falsedad en el proyecto de convenio de urbanizaci\u00f3n de Ben\u00eds"},"content":{"rendered":"<p>La Secci\u00f3n 2 de la Audiencia Provincial de Murcia absuelve al exsecretario y al exaparejador municipal de Cieza y a un promotor del delito de falsedad en documento p\u00fablico del que ven\u00edan acusados por el conocido como caso Ben\u00eds. Procedimiento instruido por supuestas irregularidades en un convenio urban\u00edstico para la clasificaci\u00f3n como suelo urbano residencial para la construcci\u00f3n de viviendas, un campo de golf y un hotel en dicho paraje.<\/p>\n<p>La Sala, en la sentencia notificada ayer, considera que los hechos que se declaran probados no son constitutivos del delito de falsedad en documento p\u00fablico que postulaban tanto el ministerio fiscal como la acusaci\u00f3n popular.<\/p>\n<p>La Fiscal\u00eda, en sus conclusiones definitivas, tras apreciar la atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada, solicitaba penas de 10 y 9 meses de prisi\u00f3n para los que fueran secretario y t\u00e9cnico de la corporaci\u00f3n local, adem\u00e1s de la pena de inhabilitaci\u00f3n especial para cargo p\u00fablico de 9 y 4 meses. Igualmente, ped\u00eda que se impusiera la pena de 7 meses de prisi\u00f3n para el empresario y la inhabilitaci\u00f3n especial para su profesi\u00f3n tambi\u00e9n por 7 meses. Por su parte, la acusaci\u00f3n popular se adhiri\u00f3 a la calificaci\u00f3n jur\u00eddica de los hechos efectuada por el ministerio fiscal, retirando la acusaci\u00f3n inicial por el delito de prevaricaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Tras ello, aclara la Sala en la fundamentaci\u00f3n de la sentencia, \u201c\u00fanicamente resulta controvertida la confecci\u00f3n del plano en que se reflejaban los terrenos pertenecientes al paraje Ben\u00eds afectado por el convenio urban\u00edstico\u201d, documento a tenor de lo expuesto en el plenario por los acusados, fue confeccionado por el arquitecto municipal y suscrito por el alcalde de Cieza, el secretario del Ayuntamiento y el administrador de la mercantil Dignitas SL, sin fecha, ni escala de medida.<\/p>\n<p>Al respecto, considera la Sala que el plano no podr\u00eda reputarse mendaz, dado que se limita a reflejar una concreta delimitaci\u00f3n objetiva del paraje Ben\u00eds en la fecha de su impresi\u00f3n, por lo que \u201ccarece de la entidad suficiente para suponer una simulaci\u00f3n del plano que se habr\u00eda adjuntado como anexo I\u201d en el proyecto de convenio urban\u00edstico que fue aprobado por parte del pleno del Ayuntamiento de Cieza, y que finalmente ser\u00eda suscrito, a fin de que no constara la inclusi\u00f3n de unos terrenos propiedad de la hermana de la concejal de urbanismo.<\/p>\n<p>Para el Tribunal resulta absolutamente relevante que s\u00ed formaba parte de la documentaci\u00f3n incorporada al expediente con car\u00e1cter previo a la aprobaci\u00f3n del proyecto de convenio un estudio ambiental que incorporaba una extensa planimetr\u00eda confeccionada por la entidad Urbanitas SL, que lleva como t\u00edtulo Golf Ben\u00eds, como promotor Dignitas SL, en que se concreta la escala y la superficie y que lleva como data el mes de julio de 2004 en que se puede apreciar con nitidez una delimitaci\u00f3n del sector distinta, en que aparecen formando parte de la misma, a modo de leng\u00fcetas, unos terrenos ubicados en la parte superior del plano, siendo f\u00e1cilmente diferenciables las delimitaciones que incorporan uno y otro plano<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Secci\u00f3n 2 de la Audiencia Provincial de Murcia absuelve al exsecretario y al exaparejador municipal de Cieza y a un promotor del delito de falsedad en documento p\u00fablico del que ven\u00edan acusados por el conocido como caso Ben\u00eds. 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