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Boletín: Abril 2023

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Australia

SE APRUEBA UN PROYECTO LEGISLATIVO PARA DENEGAR LA DEDUCIBILIDAD DE LOS GASTOS SATISFECHOS POR LA CESIÓN DE INTANGIBLES A JUSRISDICCIONES DE BAJA TRIBUTACIÓN

La Administración Tributaria ha publicado un proyecto legislativo que, cuando se apruebe, denegará la deducibilidad de los pagos realizados a partes vinculadas, por entidades globales significativas (SGEs), por activos intangibles, cuando los ingresos de la explotación de activos intangibles se deriven de una jurisdicción donde no se apliquen tipos impositivos del Impuesto sobre Sociedades o se apliquen tipos impositivos bajos.

Esta medida de integridad se anunció inicialmente como parte de los Presupuestos 2022/23 y está previsto que se aplique a los pagos realizados o a las obligaciones contraídas a partir del 1 de julio de 2023.

Este proyecto tiene por objeto disuadir a las ESG de eludir el Impuesto sobre Sociedades, incluida la retención a cuenta, estructurando sus acuerdos de modo que los ingresos procedentes de la explotación de activos intangibles sean obtenidos en una jurisdicción de baja tributación por una empresa asociada de esa ESG, mientras que las deducciones por pagos efectuados por la ESG a una empresa asociada que sean atribuibles a esos activos intangibles o a activos intangibles conexos se reclamen en Australia. En virtud de este proyecto, no se admite ninguna deducción por el pago efectuado por el ESG a su asociada. Por lo general, los ESG son miembros de un grupo multinacional con unos ingresos anuales mundiales iguales o superiores a 1.000 millones de AUD.

Los pagos u obligaciones por activos inmateriales tendrán un significado amplio que abarcará el uso, la comercialización, la venta, la concesión de licencias y la distribución del activo inmaterial. También puede incluir el suministro, la recepción o la cesión a título oneroso del activo. Además, puede incluir pagos o pasivos por explotar otro activo que sea un derecho con respecto al activo o un interés en el mismo, o cualquier otra cosa con respecto al activo. El ámbito de aplicación es intencionadamente amplio con el fin de captar la variedad de formas en que los activos intangibles pueden ser explotados en las empresas de un grupo SGE.

Las normas se aplicarán tanto a los pagos directos como indirectos a partes vinculadas y no se exigirá un seguimiento estricto de los pagos. Más bien, la principal consideración es que los ingresos procedentes de la explotación de un activo intangible estén sujetos a un impuesto en una jurisdicción en la que el tipo más bajo del Impuesto sobre Sociedades aplicable a una SGE sea inferior al 15%. Concretamente, cuando no se aplique ningún impuesto sobre la renta a un importe determinado, se considerará que el tipo es nulo. Además, también se denegarán las deducciones cuando los ingresos se obtengan en una jurisdicción que, a juicio de las autoridades, ofrezca un régimen preferente de patent box sin exigir una sustancia económica suficiente en dicha jurisdicción.


Polonia

SE PUBLICAN DIRECTRICES SOBRE LA DOCUMENTACIÓN EN MATERIA DE PRECIOS DE TRASFERENCIA

El Ministerio de Finanzas publicó recientemente un proyecto de Ley que modifica el Reglamento sobre los requisitos de documentación en materia de precios de transferencia y el anexo inherente para racionalizar las disposiciones con las modificaciones de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, de 7 de octubre de 2022.

El proyecto de Ley del Reglamento en cuestión establece las siguientes modificaciones:

  • Supresión de determinadas obligaciones de información impuestas actualmente a los contribuyentes que realicen operaciones indirectas con entidades situadas en jurisdicciones de baja tributación, en concreto, la obligación de incluir en la Información TP, los datos relativos al país o territorio del lugar de residencia, domicilio social o dirección del beneficiario efectivo y el importe de la operación.
  • Modificación de la forma de presentar la situación de los microempresarios y pequeños empresarios en la TPR (sección D).
  • Modificación del contenido de la declaración adjunta al Local File por los contribuyentes que realicen operaciones controladas y no controladas con entidades situadas en jurisdicciones de baja tributación.
  • La modificación posterior del anexo del Reglamento.

Las disposiciones modificadas se aplicarán a la documentación TP para los ejercicios fiscales que comiencen a partir de 2022.

El Reglamento entrará en vigor 14 días después de su promulgación en el Boletín Oficial.

SE PUBLICAN DIRECTRICES SOBRE LA APLICACIÓN DEL MÉTODO DE REVENTA EN MATERIA DE PRECIOS DE TRASFERENCIA

El pasado 29 de marzo de 2023, el Ministerio de Finanzas publicó unas directrices que aclaran la aplicación del método del precio de reventa utilizado para determinar el valor de plena competencia de las transacciones entre partes vinculadas y se centran en los aspectos prácticos de dicha aplicación.

Las directrices aclaran:

  • El ámbito de aplicación del método del precio de reventa.
  • Un procedimiento para seleccionar la entidad auditada.
  • Un método para determinar el margen del precio de reventa y calcular el precio de compra.
  • El método de selección del coeficiente de rentabilidad.
  • Criterios para la comparabilidad de las transacciones y las entidades.

Las directrices se aplican a las operaciones controladas incluidas en las disposiciones de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas realizadas después del 31 de diciembre de 2018.

SE PUBLICAN DIRECTRICES SOBRE LA APLICACIÓN DEL MÉTODO NETRO TRANSACCIONAL EN MATERIA DE PRECIOS DE TRASFERENCIA

Tras la publicación de las directrices que aclaran la aplicación del método del precio de reventa utilizado para determinar el valor de plena competencia de las transacciones entre partes vinculadas, el Ministerio de Finanzas ha vuelto a publicar las directrices sobre el método del margen neto transaccional, publicadas inicialmente en diciembre de 2021. Las directrices se centran en los aspectos prácticos de la aplicación de este método, incluyendo varios ejemplos ilustrativos.

Las directrices aclaran, entre otras cosas, el ámbito de aplicación del método del margen neto transaccional, un procedimiento para seleccionar la entidad auditada, un método para determinar el margen neto de beneficios y calcular la base adecuada (por ejemplo, costes, ventas, activos), el método de selección y comparabilidad del coeficiente de rentabilidad, los criterios para la comparabilidad de las transacciones y entidades, y las adversidades en el uso del método del margen neto.

Las directrices se aplican a las operaciones controladas incluidas en las disposiciones de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas realizadas después del 31 de diciembre de 2018.


Brasil

SE PRORROGA LA VALIDEZ DE LA MEDIDA PROVISIONAL QUE INTRODUCE LAS NUEVAS NORMAS EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA

El Congreso Nacional ha prorrogado, por 60 días, los efectos de la Medida Provisional 1152/2022, que establecía la aplicación de las nuevas reglas en materia de precios de transferencia alineadas con las Directrices de la OCDE.

La vigencia de la Medida Provisional 1152/2022 fue prorrogada por la Ley del Congreso 16/2023, publicada en el Boletín Oficial del pasado 30 de marzo de 2023.

El objetivo de la Medida Provisoria 1152/2022 es determinar la base para el cálculo del Impuesto sobre Sociedaes(IRPJ) y la contribución social sobre la renta neta (CSLL) de las personas jurídicas domiciliadas en Brasil que realicen operaciones con partes vinculadas en el extranjero. La aplicación de la medida provisional es facultativa para el año calendario 2023 y obligatoria a partir de 2024 (artículos 46 y 48).

Las Medidas Provisionales son dictadas por el Presidente sin intervención de los órganos legislativos. Tienen una validez de 60 días naturales, prorrogables por otros 60 días. Después de este período, pierden su efecto, a menos que sean aprobadas y convertidas en ley por el Congreso Nacional.


Alemania

SE APRUEBA UN PROYECTO DE LEY PARA GRAVAR EL PLÁSTICO DE UN SOLO USO

El pasado 31 de marzo de 2023, el Consejo Federal aprobó un proyecto de Ley que aplica parte de la Directiva de la UE sobre plásticos de un solo uso (2019/904) para luchar contra los productos de un solo uso y la consiguiente suciedad de ciudades, paisajes y aguas. El proyecto de Ley, aprobado previamente por la Cámara Baja del Parlamento alemán el pasado 2 de marzo de 2023, se refiere a la introducción de una tasa sobre los plásticos de un solo uso en el contexto de la responsabilidad ampliada del productor.


Rumanía

SE MODIFICA EL REGISTRO EN EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

Rumanía ha publicado recientemente, en el Boletín Oficial la Orden nº 347/2023 por la que se modifican determinadas órdenes de la Agencia Nacional de Administración Fiscal (NAFA) relacionadas con el registro del IVA y la cancelación del registro del IVA de una persona jurídica.

La Orden nº 347/2023 incluye modificaciones de las siguientes órdenes de la NAFA:

  • Orden NAFA n.º 631/2016 por la que se aprueba la disposición y el contenido de determinados formularios para el registro del IVA/anulación del registro del IVA.
  • Orden NAFA n.º 239/2021 para la aprobación del procedimiento de registro del IVA de conformidad con el artículo 316, apartado 1, letras a), b) o c), de la Ley n.º 227/2015 relativa al Código Fiscal.
  • Orden NAFA nº 2012/2016 por la que se aprueba el Procedimiento para el cambio de oficio del vector tributario relativo al IVA, así como la disposición y contenido de determinados formularios.

Además de la recientemente introducida Orden nº 2509/5672/C/2022, que introduce la posibilidad de inscripción inicial del IVA en el Registro Mercantil, la Orden nº 347/2023 deroga el formulario 098 «Solicitud de inscripción en el IVA, de acuerdo con el artículo 316 párrafo (1) letra a) de la Ley nº 227/2015 relativa al Código Fiscal», que pasó a ser redundante. Como antecedente, antes de la Orden nº 2509/5672/C/2022, cuando el registro inicial del IVA no era posible en el Registro Mercantil, las empresas de nueva creación utilizaban el Formulario 098 para solicitar el registro inicial del IVA ante la Administración Tributaria.

La Orden nº 347/2023 también modifica el procedimiento de registro del IVA y prevé la posibilidad de que las autoridades fiscales cancelen el registro del IVA incluso en el caso de procedimientos de oficio.


Argentina

SE SUSPENDEN LOS BENEFICIOS A LOS IMPORTADORES Y SE REANUDA EL COBRO ANTICIPADO DE LOS IMPUESTOS A LA IMPORTACIONES DE BIENES

En fechas recientes, se ha aprobado la Resolución General 5339, publicada en el Boletín Oficial del 29 de marzo de 2023, y vigente a partir de esa fecha, en la que aprueba la suspensión del beneficio a los importadores.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió suspender, hasta el 31 de diciembre de 2023, la aplicación del régimen que permite excluir a los importadores de la percepción anticipada del Impuesto sobre Sociedades y del IVA.

De acuerdo con la Resolución General 2281 y la Resolución General 2937, la Administración Nacional de Aduanas debe percibir en forma anticipada el Impuesto sobre Sociedades y el IVA en el momento de la importación de bienes. En los casos en que la percepción anticipada pueda resultar en el pago de impuestos en exceso, los sujetos pasivos pueden solicitar a la AFIP un certificado de exclusión para quedar excluidos de la percepción anticipada del Impuesto sobre Sociedades (Resolución General 830) o del IVA (Resolución General 2226). Dicho certificado es válido ante la Administración Aduanera, quien no percibirá anticipadamente ninguno de los dos impuestos.

Como resultado de la suspensión de este beneficio, la Administración de Aduanas está obligada a recaudar por adelantado el Impuesto sobre Sociedades (a un tipo del 6%) y el IVA (a un tipo del 20% para los artículos sujetos al tipo general del IVA del 21%, y del 10% para los artículos sujetos al tipo reducido del IVA del 10,5%) en cualquier importación de bienes realizada hasta el 31 de diciembre de 2023.

No obstante, la suspensión no se aplica a:

  • Las importaciones realizadas por microempresas y pequeñas empresas.
  • Las importaciones realizadas por cuenta del Estado Nacional.
  • Las importaciones exentas de impuestos federales según la Ley 27.701.

Los importes del Impuesto sobre Sociedades percibidos en forma anticipada serán considerados como impuesto pagado por los importadores y, por lo tanto, podrán ser computados en su declaración del Impuesto sobre Sociedades.

Las cantidades cobradas anticipadamente correspondientes al IVA podrán computarse como impuesto pagado a partir del noveno período fiscal mensual siguiente a la importación.


Turquía

SE APRUEBA EL TIPO DE REVALORIZACIÓN DE ACTIVOS PARA EL 2023

La Administración Tributaria emitió la Circular 62 sobre la Ley del Impuesto de Sociedades en donde establece el nuevo tipo de revalorización de activos para el ejercicio 2023.

La Administración Tributaria ha fijado oficialmente el tipo de revalorización de los activos para el primer período de pagos anticipados (es decir, enero-abril de 2023) relativo al ejercicio fiscal 2023, el cual asciende al 8,77%.


OCDE

EXENCIÓN TEMPORAL A LA CONTABILIDAD DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES DIFERIDO TRAS LA IMPLANTACIÓN DEL PILAR II

El pasado 11 de abril de 2023, el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (CNIC) celebró una reunión especial sobre las implicaciones de las normas del Segundo Pilar en relación con la NIC 12, Impuesto sobre Sociedades.

El IASB confirmó una excepción temporal para reconocer y revelar información sobre activos y pasivos por impuestos diferidos relacionados con el Impuesto sobre Sociedades del Segundo Pilar. La excepción temporal será obligatoria y no habrá un plazo concreto para su aplicación.

El mismo acuerdo se produjo también con respecto a la modificación de la NIC 12, exigiendo a una entidad que revele por separado sus gastos o ingresos por el impuesto corriente relacionado con los Impuesto sobre Sociedades del Segundo Pilar cuando las normas estén en vigor.

Se llegó a un compromiso en el sentido de que la divulgación de información debía tener en cuenta tres dimensiones:

  • Un objetivo de divulgación destinado a ayudar a los usuarios de los estados financieros a comprender la exposición de la entidad al Impuestos sobre Sociedades del Segundo Pilar derivados de las normas.
  • Una parte descriptiva en la que se detalle cómo la entidad debe tratar de cumplir el objetivo de divulgación (parte que se reformulará frente a la propuesta del personal técnico).
  • Explicaciones cualitativas sobre el progreso y los elementos necesarios para que la entidad pueda llegar a una estimación fiable y cuantificable del impacto de las normas cuando dicha estimación no esté disponible en primer lugar.

Se espera que las modificaciones definitivas de la NIC 12 Impuesto sobre Sociedades que cubren los puntos anteriores se publiquen a finales de mayo de 2023.

Se espera que las primeras divulgaciones basadas en las normas comiencen en el primer trimestre de 2024, lo que deja a los grupos en el ámbito de aplicación poco tiempo para prepararse, y también en un momento en que existen muchas incertidumbres en torno a las normas como tales y en torno a su aplicación en las legislaciones de los países locales.

Las empresas multinacionales probablemente desearían más claridad sobre algunos aspectos de la información a publicar en relación con las normas. Por ejemplo, la forma en que se aplican localmente los impuestos nacionales mínimos complementarios cualificados y la manera en que los regímenes de seguridad para las transacciones encajan en el calendario de la información siguen suscitando dudas.


Lituania

SE MODIFICA LA NORMATIVA QUE REGULA LA DAC7

La Administración Tributaria ha modificado las normas relativas a la presentación de información a las autoridades fiscales sobre las actividades realizadas en plataformas. Las normas se modificaron tras recibir comentarios de que las normas no transponen plenamente los requisitos de la Directiva de modificación de la Directiva de 2011 sobre cooperación administrativa (2021/514) (DAC7).

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