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Boletín: Enero 2024

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Francia

LEY DE FINANZAS 2024: SE APRUEBAN NUEVAS MEDIDAS FISCALES QUE AFECTAN A DIFERENTES IMPUESTOS

Francia ha publicado la Ley de Finanzas para 2024 sin cambios sustanciales respecto al proyecto original. Las principales medidas que afectan al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)son las siguientes:

  • Ajuste de los tramos del tipo impositivo del IRPF a la tasa de inflación, fijada en el 4,8%. Para las rentas percibidas en 2023 y liquidadas en 2024, los tramos del tipo impositivo del impuesto sobre la renta serán los siguientes:

Importe (EUR)

Tipo (%)

Hasta 11.294

0

11.295 28.797

11

28.798 82.341

30

82.342 177.106

41

A partir de 177.106

41

  • Se prorroga las medidas fiscales relativas a la fiscalidad de la vivienda. Así, la ley revisa y prorroga hasta el 31 de diciembre de 2027 el programa de préstamos sin intereses para los compradores de primera vivienda y las mejoras del rendimiento energético de las viviendas.
  • Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2024 los créditos fiscales como el régimen «Malraux», aplicable a los gastos de renovación de bienes inmuebles situados en determinadas zonas urbanas y el régimen «Denormandie», concedido a los particulares que compran viviendas vacías para renovarlas y alquilarlas en determinadas zonas.
  • Se incrementa el recargo ecológico para los vehículos contaminantes, a partir del 1 de enero de 2024.
  • Se introduce una sanción adicional para el fraude fiscal agravado, tal y como se recoge en el artículo 1744 del CGI. Esta pena puede conllevar la pérdida de las reducciones o créditos fiscales en el IRPF y en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles durante un máximo de 3 años, a partir del año siguiente a la condena.

Las principales medidas relativas al Impuesto sobre Sociedades son las siguientes:

  • Tributación de los Dividendos Intragrupo.

El artículo 52 de la Ley modifica las normas aplicables a los dividendos percibidos por las sociedades matrices francesas de filiales de la UE, a raíz de la sentencia del TJCE de 11 de mayo de 2023 en los asuntos acumulados C 407/22 (Manitou BF) y C 408/22 (Bricolage Investissement France).

Para los ejercicios fiscales que finalicen a partir del 31 de diciembre de 2023, las sociedades matrices francesas que reciban dividendos de filiales de la UE que cumplan los requisitos podrán beneficiarse de una tributación reducida (equivalente al 1% -en lugar del 5%- de los dividendos) aunque hayan optado por no formar un grupo fiscalmente consolidado con sus filiales francesas. Esta medida se aplica a todos los dividendos, con independencia de que entren o no en el ámbito de aplicación del régimen matriz-filial.

Sin embargo, para todos los dividendos percibidos de filiales francesas o extranjeras, la tributación reducida de los dividendos sobre el 1% de su importe sólo se aplica si las condiciones de consolidación fiscal se cumplen durante más de 1 año (los dividendos percibidos durante el primer año dentro del grupo tributan al 5% de su importe).

  • Medidas contra el fraude/la evasión fiscal internacional.

La Ley introduce varias medidas para luchar contra el fraude fiscal internacional:

  • Rebaja del umbral de volumen de negocios anual para que las empresas multinacionales aporten documentación sobre precios de transferencia de 400 a 150 millones de euros para los ejercicios fiscales que comiencen a partir del 1 de enero de 2024. Aumenta de 10.000 a 50.000 euros la multa mínima por no aportar esta documentación cuando se solicite (artículo 116 de la Ley)
  • Ampliación del plazo de prescripción para auditar las transferencias transfronterizas de intangibles difíciles de valorar (en el sentido de las Directrices de la OCDE sobre precios de transferencia (2022)) de 3 a 6 años tras la transferencia. Las autoridades fiscales pueden ahora determinar el valor de los intangibles basándose en los beneficios posteriores a la transferencia en determinadas condiciones (artículo 116 de la Ley).
  • Introducción de un nuevo delito penal para sancionar los servicios que proporcionen medios que faciliten el fraude fiscal internacional (por ejemplo, cuentas bancarias o contratos con entidades extranjeras, la interposición de personas físicas o jurídicas en el extranjero, la provisión de una residencia fiscal ficticia o artificial fuera de Francia). Los proveedores que ofrezcan estos servicios pueden enfrentarse a penas de hasta 3 años de cárcel y una multa de hasta 250.000 euros. Las penas se elevan a 5 años y 500.000 euros si los servicios se prestan en línea (artículo 113 de la Ley). 
  • Crédito fiscal para la industria verde.

El artículo 35 de la Ley introduce un nuevo «crédito fiscal a la inversión en industrias verdes» para promover el sector de producción de energías renovables. El crédito fiscal se aplica a las inversiones en la producción de baterías, paneles fotovoltaicos, turbinas eólicas y bombas de calor.

El porcentaje del crédito fiscal varía entre el 20% y el 60% de los costes de inversión, dependiendo de la ubicación de las inversiones y del tamaño de la empresa inversora. Para poder optar a la bonificación, las inversiones deben recibir la aprobación previa de las autoridades fiscales y realizarse entre el 27 de septiembre de 2023 y el 31 de diciembre de 2025. Las solicitudes deben enviarse a la siguiente dirección: c3iv@dgfip.finances.gouv.fr.


Turquía

SE INCREMENTAN LOS LÍMITES DE DEVOLUCIÓN EN EFECTIVO DE LA RETENCIÓN FISCAL SOPORTADA

El Ministerio de Hacienda y Finanzas ha anunciado un aumento de los límites para las solicitudes de devolución en efectivo derivadas de retenciones fiscales. Los límites revisados indican un aumento del importe máximo de la retención a cuenta que puede ser objeto de devolución en efectivo sin informes de inspección, que pasa de 151.000 TRY a 239.000 TRY.

Las normas también elevan el umbral para las devoluciones de retenciones fiscales de 1.581.000 TRY a 2.405.000 TRY cuando están respaldadas por un informe de certificación debidamente cumplimentado de un contable público jurado con un acuerdo de certificación debidamente cumplimentado del contribuyente.


Italia

SE APRUEBA UNA REFORMA DE LA NORMATIVA FISCAL INTERNACIONAL

Se ha publicado el Decreto Legislativo nº 209/2023 por el que se aplica una reforma de las normas nacionales relativas a la fiscalidad internacional.

Este Decreto Legislativo se publicó en el Diario Oficial nº 301 de 28 de diciembre de 2023 y entró en vigor el 29 de diciembre de 2023.

La reforma de la fiscalidad internacional modifica la residencia fiscal, el régimen de los expatriados internos, las normas CFC y aplica la Directiva sobre imposición mínima (10 de enero de 2023).

  • Revisión de la definición de residencia fiscal.

A partir del 1 de enero de 2024, se considera que las personas físicas son residentes en Italia si, durante la mayor parte del ejercicio fiscal, incluidas las fracciones de días, tienen su residencia o domicilio en Italia, o están físicamente presentes en dicho país. A estos efectos, el término «residencia» se define de conformidad con el Código Civil, mientras que el término «domicilio» se define como el centro de las relaciones personales y familiares del individuo, y no de sus intereses económicos y profesionales. Además, la inscripción en el Registro Civil de la Población Residente es una mera presunción iuris tantum de residencia.

  • Modificaciones del régimen de expatriados internos.

Las personas físicas que trasladen su residencia fiscal a Italia a partir del 1 de enero de 2024 podrán beneficiarse de una exención del 50% (antes, del 70% o del 90%) de sus rendimientos de trabajo por cuenta ajena y propia de fuente italiana hasta 600.000 euros, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

  • Se comprometen a mantener su residencia en Italia durante al menos 5 (antes, 2) años.
  • No hayan residido en Italia durante los 3 (antes, 2) años anteriores al traslado. Sin embargo, si permanecen empleados con el mismo empleador que tenían antes del traslado, o con una persona del mismo grupo, el periodo exigido aumenta a 6 o 7 años, dependiendo de las circunstancias específicas.
  • Trabajan principalmente en Italia.
  • Reúnen los requisitos para ser considerados trabajadores altamente cualificados o especializados, tal como se definen en el Decreto Legislativo nº 108/2012 y en el Decreto Legislativo nº 206/2007.

En determinadas condiciones, la exención puede aumentar hasta el 60 %.

El régimen favorable se aplica durante 5 ejercicios fiscales consecutivos a partir del ejercicio fiscal en el que la persona física transfiere su residencia fiscal y no puede prorrogarse más allá de este período.

  • Revisión de la Definición de Residencia Fiscal.

A partir del ejercicio fiscal 2024, se considera que una persona jurídica es residente en Italia si, durante la mayor parte del ejercicio fiscal, tiene su sede legal (domicilio social), lugar de dirección efectiva o lugar de dirección ordinaria en Italia. A estos efectos, el término «lugar de dirección efectiva» se define como el lugar donde se toman las decisiones estratégicas de forma regular y coordinada, mientras que el término «lugar de dirección ordinaria» se define como el lugar donde se llevan a cabo de forma regular y coordinada las actividades rutinarias de gestión diaria de toda la entidad.

  • Modificaciones de las normas SEC.

Para simplificar las normas nacionales relativas a las SEC y alinearlas con las disposiciones del segundo pilar, el Decreto Legislativo modificó la prueba del tipo impositivo efectivo (TIE) para las entidades extranjeras controladas. Esta prueba, cuando se cumple simultáneamente con otra condición, desencadena la activación del régimen SEC.

En virtud de la prueba revisada, las normas SEC se aplican si la entidad extranjera está sujeta a un ETR inferior al 15%, calculado como la relación entre los Impuestos sobre Sociedades, corrientes y diferidos, y los beneficios antes de impuestos resultantes de sus estados financieros certificados por auditores autorizados en la jurisdicción extranjera. Si el ETR es inferior al 15% o los estados financieros no están certificados por auditores autorizados, las normas CFC sólo se aplican si la entidad extranjera está sujeta a un ETR inferior al 50% del tipo del Impuesto sobre Sociedades aplicable a dicha entidad si fuera residente en Italia. El cálculo del ETR incluye también cualquier impuesto mínimo complementario nacional cualificado adeudado por la entidad extranjera calculado con una fórmula de asignación específica.

En lo que respecta a las SEC auditadas, la sociedad dominante puede optar -como alternativa a la prueba del ETR- por el pago de un impuesto sustitutivo del 15% calculado sobre los ingresos netos antes de impuestos sin tener en cuenta las amortizaciones de activos y las provisiones para riesgos. La elección se aplica a 3 ejercicios fiscales y no puede revocarse.

  • Deslocalización de actividades empresariales o profesionales.

Se aplica una exención del 50% del IRES y del impuesto regional sobre actividades productivas a las rentas derivadas de actividades empresariales o profesionales transferidas a Italia desde una jurisdicción no perteneciente a la UE ni al EEE, a menos que las actividades transferidas ya se hubieran ejercido en Italia en los 24 meses anteriores a la transferencia.

El incentivo se aplica en el ejercicio fiscal de la transferencia y en los 5 ejercicios fiscales siguientes. No obstante, el mecanismo de recuperación se aplica si la actividad empresarial o profesional se vuelve a transferir, también parcialmente, al extranjero durante el período de aplicación del incentivo o en los 5 (10 para las grandes empresas) ejercicios fiscales siguientes a su expiración.

  • Transposición de la Directiva sobre imposición mínima.

La legislación se aplica a las entidades situadas en Italia que formen parte de un grupo de empresas multinacionales (EMN) o de un grupo nacional a gran escala con ingresos anuales iguales o superiores a 750 millones de euros en al menos 2 de los 4 ejercicios fiscales inmediatamente anteriores al ejercicio fiscal objeto de examen, sujeto a una exclusión de minimis. No obstante, los grupos de empresas multinacionales incluidos en el ámbito de aplicación están excluidos de la aplicación de la regla de inclusión de los ingresos (IIR) y de la regla de los beneficios no gravados (UTPR) durante los 5 primeros años de la fase inicial de su actividad internacional.

De conformidad con la Directiva sobre imposición mínima (2022/2523), la imposición de un impuesto complementario de al menos el 15% se garantiza mediante dos normas globales contra la erosión de la base imponible (GloBE) interrelacionadas:

  • La IIR, que se aplica a los ejercicios fiscales que comiencen a partir del 31 de diciembre de 2023.
  • El UTPR, que se aplica a los ejercicios fiscales que comienzan a partir del 31 de diciembre de 2024. En cuanto al mecanismo de imposición del UTPR, Italia optó por recaudar el impuesto complementario mediante una tasa adicional en lugar de denegar las deducciones disponibles.

No obstante, el importe del impuesto complementario se considera igual a cero si el nivel de imposición efectiva de las entidades constitutivas situadas en una determinada jurisdicción fiscal cumple las condiciones establecidas en un acuerdo internacional sobre regímenes simplificados (puertos seguros).

Además, Italia optó por aplicar un impuesto mínimo nacional complementario (DMTT), destinado a cumplir los requisitos del puerto seguro del impuesto mínimo nacional complementario cualificado (QDMTT).

Las entidades constitutivas situadas en Italia deben presentar a las autoridades fiscales el informe sobre el impuesto mínimo y la declaración del impuesto mínimo a más tardar 15 meses después del final del ejercicio fiscal correspondiente.

Los contribuyentes deben liquidar el importe del impuesto complementario adeudado del siguiente modo:

  • El 90% antes del undécimo mes siguiente al final del ejercicio fiscal correspondiente.
  • El saldo restante antes del último día del mes siguiente a la fecha límite de presentación de la declaración del impuesto mínimo correspondiente al ejercicio fiscal respectivo.

Se aplica una sanción administrativa de 100.000 euros en caso de omisión o retraso en la presentación del informe fiscal mínimo. Esta sanción se reduce a un importe comprendido entre 10.000 euros y 50.000 euros si el retraso no supera los 3 meses o en caso de datos incompletos o infieles. Durante los 3 primeros ejercicios fiscales de aplicación de la normativa, las sanciones administrativas sufren una reducción del 50%. Las sanciones relacionadas con la declaración del impuesto mínimo siguen las disposiciones nacionales del impuesto sobre la renta. Además, durante los 3 primeros ejercicios fiscales de aplicación del impuesto complementario, no se imponen sanciones, salvo en caso de conducta dolosa o negligencia grave.

Por último, los contribuyentes incluidos en el ámbito de aplicación pueden activar un procedimiento de acuerdo mutuo (MAP) no sólo sobre la base de un tratado fiscal aplicable, sino también en el caso de que no haya ninguna disposición del tratado para un MAP, sujeto a reciprocidad.


Brasil

SE APRUEBA UNA PROPUESTA DE LEY PARA PERMITIR LA DEPRECIACIÓN ACELERADA DEL INMOVILIZADO

El proyecto de Ley fue enviado a través del Anuncio 753/2023, publicado en el Boletín Oficial el 30 de diciembre de 2023.

Según la propuesta, las empresas podrán depreciar la maquinaria adquirida en 2024 en dos etapas (50% en el primer año, 50% en el segundo año), en contraste con las normas actuales que establecen que dicha depreciación es gradual y puede hacerse en hasta 25 años.

Además de modernizar las fábricas, la medida pretende que las empresas aumenten su tesorería y la llamada Formación Bruta de Capital Fijo, que mide la capacidad de producción futura de las empresas con la adquisición de maquinaria. Aún no se han definido los sectores que se beneficiarían si esta medida se aprueba en el Congreso.


México

SE APRUEBA EN NUEVO VALOR DE LA UNIDAD MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN

El pasado 10 de enero de 2024, se publicó en el Boletín Oficial, el nuevo valor de la Unidad de Medida y Actualización. El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) ha fijado el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para 2024.

En consecuencia, del 1 de febrero de 2024 al 31 de enero de 2025 el valor de la UMA será el siguiente:

  • Diario: 108.57 MXN (103,74 MXN en 2023).
  • Mensual: 3.300,53 MXN (3.153,70 MXN en 2023).
  • Anual: 39.606,36 MXN (37.844,40 MXN en 2023).

Estos valores representan un incremento del 4.66% en el valor de la UMA con respecto a la vigente del 1 de febrero de 2023 al 31 de enero de 2024.

La UMA es el valor de referencia que se utiliza para determinar los montos a pagar conforme a ciertas obligaciones y situaciones previstas en las leyes federales y estatales y demás disposiciones jurídicas que de ellas emanen. Por ejemplo, dicho valor se utiliza para determinar el monto exento para efectos del impuesto sobre la renta de las personas físicas (por concepto de ingresos) durante un ejercicio fiscal determinado.


Brasil

SE REVOCA LA PRÓRROGA DE LA VALIDÉZ DE LA CONTRIBUCIÓN SOCIAL SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

Tras la prórroga de la validez de la contribución social sobre los ingresos brutos (CPRB) por el Congreso hasta el 31 de diciembre de 2O27, se ha revocado el régimen opcional a través de una Medida Provisional.

Como antecedente, anteriormente se había vetado totalmente el Proyecto de Ley 334, que prorrogaba hasta 2027 la desgravación del Impuesto sobre la nómina salarial para 17 sectores de la economía. Con la promulgación de la Ley 14.784, del 27 de diciembre de 2023, el Congreso prorrogó la vigencia de la CPRB, anulando el veto total al Proyecto 334.

Con la promulgación de la Ley 14.784, la CPRB queda restablecida y expira en diciembre de 2027. La Ley 14.784 también prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2027 el COFINS adicional a la tasa del 1% que se aplica a la importación de determinados productos.

Sin embargo, a través de la Medida Provisoria 1.202 de 28 de diciembre de 2023, se revocó la Ley 14.784 y, por lo tanto, la CPRB. En consecuencia, las empresas de los 17 sectores deben reanudar la contribución a la nómina salarial a partir del 1 de abril de 2024, mediante la aplicación de tipos impositivos reducidos hasta 2027. Los tipos reducidos se aplican al salario de cotización hasta el límite de un salario mínimo, y la remuneración por encima de este límite está sujeta a la tributación normal.

La Medida Provisional 1.202 crea dos grupos de actividades económicas con tributación diferenciada:

  • El primer grupo incluye 17 actividades (por ejemplo, transporte, comunicación, tecnología de la información), a las que se aplicarán los siguientes tipos: 10% en 2024, 12,5% en 2025, 15% en 2026 y 17,5% en 2027.
  • Para el segundo grupo, que incluye 25 actividades (por ejemplo, industria textil, ingeniería civil, edición), se aplicarán los siguientes tipos: 15% en 2024, 16,25% en 2025, 17,5% en 2026 y 18,75% en 2027.

La Medida Provisional 1.202 también exige una condición para que las empresas mencionadas puedan aplicar los tipos reducidos, ya que deben suscribir un acuerdo por el que se comprometan a mantener una plantilla igual o superior al número de empleados a 1 de enero de cada año natural. En caso de incumplimiento, la empresa pierde el beneficio del tipo impositivo reducido.


Italia

SE SIMPLIFICAN CIERTAS OBLIGACIONES FISCALES

El Decreto Legislativo nº 1 de 8 de enero de 2024 se publicó en el Boletín Oficial nº 9 de 12 de enero de 2024 y entró en vigor el 13 de enero de 2024.

El pasado 12 de enero de 2024, se publicó en el Boletín Oficial el Decreto Legislativo nº 1/2024 por el que se simplifican las obligaciones fiscales y se refuerzan los servicios digitales para los contribuyentes con el fin de promover el cumplimiento y mejorar la cooperación entre los contribuyentes y las autoridades fiscales.

Las principales medidas introducidas por el Decreto Legislativo son las siguientes:

  • Las personas físicas que reúnan los requisitos deberán presentar electrónicamente su declaración anual del impuesto sobre la renta de las personas físicas antes del 30 de septiembre (anteriormente, el 30 de noviembre) del año siguiente al ejercicio fiscal correspondiente. Además, a partir de 2025, las personas físicas que cumplan los requisitos podrán presentar electrónicamente su declaración anual del IRPEF a partir del 1 de abril (anteriormente, el 1 de mayo) del año siguiente al ejercicio fiscal correspondiente.
  • Las declaraciones en línea precumplimentadas para las personas físicas beneficiarias con fuentes de ingresos distintas del empleo y las pensiones son accesibles antes del 30 de abril de cada año.
  • Las entidades que cumplan los requisitos deben presentar electrónicamente su declaración anual del Impuesto sobre Sociedades y su declaración anual del impuesto regional sobre actividades productivas antes del último día del noveno mes (anteriormente, undécimo mes) siguiente al final del ejercicio fiscal correspondiente. Además, a partir de 2025, las entidades que cumplan los requisitos podrán presentar electrónicamente su declaración anual IRES y su declaración anual IRAP a partir del 1 de abril del año siguiente al ejercicio correspondiente.
  • Los contribuyentes considerados fiables en virtud de los índices sintéticos de fiabilidad (podrán beneficiarse de:
    • El derecho a liquidar las obligaciones fiscales con créditos del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de hasta 70.000 euros (anteriormente, 50.000 EUR) y créditos IRES o IRAP de hasta 50.000 euros (anteriormente, 20.000 EUR) sin obtener previamente la evaluación certificada requerida y
    • El derecho a obtener devoluciones del IVA de hasta 70.000 euros (anteriormente, 50.000 EUR) sin obtener previamente la evaluación certificada requerida.

El Decreto Legislativo nº 1 de 8 de enero de 2024 entró en vigor el pasado13 de enero de 2024.

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