Se publica la Orden sobre acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como del cumplimiento de las obligaciones de reintegro de subvenciones.
El objeto de la Orden es regular la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como del cumplimiento de las obligaciones de reintegro de subvenciones, por parte de las personas o entidades solicitantes o beneficiarias y por parte de las entidades colaboradoras, en el marco de las ayudas y subvenciones que se otorguen con cargo a los Presupuestos Generales de Euskadi.
Para poder ser persona o entidad beneficiaria de subvenciones, o entidad colaboradora en la gestión de las mismas, la normativa de subvenciones exige unos determinados requisitos, entre los que se encuentran:
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.
- Estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
La nueva Orden que está tramitando el Departamento de Economía y Hacienda regula qué ha de entenderse por estar al corriente en las referidas obligaciones, en qué forma y momento deben acreditarse esos requisitos y, además, establece supuestos de acreditación simplificada y de exoneración de la obligación de acreditar.