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Boletín: Diciembre 2023

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El inicio del año 2024 plantea ciertos interrogantes sobre cuál va a ser el alcance de la actividad económica en el concierto mundial. La situación geopolítica actual es compleja y los distintos conflictos bélicos existentes pueden tener efectos negativos sobre el desarrollo del comercio internacional, como ahora está sucediendo con el conflicto abierto en el Canal de Suez, que está restringiendo el comercio marítimo por dicha vía y encareciendo significativamente el importe de los envíos procedentes de Asia. Los países están tratando de minimizar el impacto de esta incertidumbre mediante la adopción de distintas medidas de carácter económico-social dirigidas a proporcionar estabilidad al sistema.

Mientras tanto la Unión Europea está promoviendo la aprobación de normas que hagan posible la modernización del escenario comercial europeo, protegiendo, al mismo tiempo, los derechos de las empresas y los de la ciudadanía. En este escenario, merece la pena llamar la atención sobre dos iniciativas legislativas que están llamadas a tener próximamente una gran relevancia en el mundo empresarial. Por una parte, la aprobación provisional del Reglamento de la Inteligencia Artificial el pasado día 9 de diciembre, del que ya nos hicimos eco en su momento, que va a tener un impacto enorme en el desarrollo de la economía europea de los próximos años, por lo que habrá que estar muy atento al momento en que se proceda a su aprobación definitiva. Y por otra, la Directiva de diligencia debida sobre sostenibilidad corporativa sobre la que se ha alcanzado un acuerdo provisional el pasado 14 de diciembre por el Consejo y el Parlamento europeo, y que tiene por objeto mejorar la protección del medio ambiente y de los derechos humanos en la Unión Europea, que va desplegar igualmente efectos muy relevantes sobre el modo en que los administradores y directivos de las sociedades van a desempeñar su labor. La nueva Directiva de diligencia debida dibuja un panorama en el que la sostenibilidad se erige en una referencia indiscutible en la gestión de las empresas. Ahora bien, para que dicho elemento esté realmente presente en la organización y dirección de las empresas, la proyectada norma europea establece, entre otras medidas, la obligación de que las grandes empresas eviten impactos adversos reales y potenciales sobre el medio ambiente y los derechos humanos en su cadena de actividades comerciales, por lo que dicha obligación también se extiende a los proveedores que contrate para hacer efectivos sus compromisos contractuales. Esto significa que las empresas que presten sus servicios a grandes empresas también van a estar sometidas a dicha nueva Directiva, con todo lo que ello supone.

En efecto, la novedad de la nueva normativa proyectada reside en que las empresas deberán adoptar y poner en práctica un plan de transición dirigido a mitigar los efectos del cambio climático y conseguir asimismo proteger debidamente los derechos humanos en el desarrollo de su actividad. Si dichas nuevas exigencias no se llevaran a cabo, las empresas en cuestión podrán ser objeto de reclamaciones civiles por haber incumplido dichas obligaciones y de otras sanciones de distinta índole. Una vez que esta Directiva se apruebe a lo largo del 2024, los administradores y directivos de las compañías deberán tener en cuenta dichas nuevas exigencias normativas, ya que podrán ser hechos responsables de no cumplir dicha obligación. Esta atribución de una responsabilidad por no llevar a cabo una gestión sostenible tiene su fundamento en que el deber de diligencia de los administradores y directivos va a verse ampliado notablemente con la aprobación de esta nueva norma. La sostenibilidad, en suma, va a dejar de ser una referencia abstracta de la forma en que deben gestionarse las empresas, dotada eso sí de un indudable componente reputacional, para convertirse en una nueva exigencia que los administradores deberán tener presente en el desempeño de su labor que, y que, de no cumplir, podrá suponer que se abra una nueva puerta para hacerles responsables personalmente de su actividad directiva. La gestión de empresas, por tanto, se va a tener que hacer más sostenible, no solo por convicción social, sino porque las consecuencias jurídicas de su inobservancia resultaran relevantes, desde todo punto de vista. Habrá que estar atentos al momento en que la Directiva se apruebe y se implante este modelo de gestión empresarial, porque va a suponer un cambio cualitativo indudable en la dirección estratégica de las empresas.

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