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Boletín: Marzo 2021

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El Ministerio de Trabajo y los agentes sociales alcanzaron el 10 de marzo de 2020 un acuerdo para regular la situación laboral de los trabajadores que reparten o distribuyen cualquier producto a través de plataformas digitales (“Riders”).

Ambas partes indican que en el texto se reconoce la presunción de laboralidad de los trabajadores que prestan dichos servicios en coherencia con la sentencia del Tribunal Supremo de septiembre de 2020.

Asimismo, el texto recoge la obligación de informar de los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan dichos algoritmos. De acuerdo con el texto, este entrará en vigor una vez transcurridos 3 meses desde la publicación del texto.

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