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Boletín: Enero 2023

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MODIFICA MODELOS 300, 320, 322 Y 330 DE IVA

B.O.G.: 19.01.2023
Entrada en vigor: 19.01.2023
Efectos: 01.01.2023

 Boletín oficial


MODIFICA MODELO 309 DE IVA

B.O.G.: 19.01.2023
Entrada en vigor: 19.01.2023
Efectos: 01.01.2023

 Boletín oficial


APRUEBA MODELO 370 DE IVA

B.O.G.: 19.01.2023
Entrada en vigor: 19.01.2023
Efectos: 01.01.2023

 Boletín oficial


MODIFICACIONES TRIBUTARIAS 2023

B.O.G.: 23.01.2023
Entrada en vigor: 24.01.2023
Efectos: en función de lo previsto en su articulado

 Se destacan las siguientes modificaciones tributarias:

 IRPF:

  • Se establecen como ayudas públicas exentas las obtenidas como consecuencia de erupción volcánica u otras causas naturales y todas las prestadas por el sector público.
  • En el ámbito de los rendimientos del trabajo:
    • Se excluye de la consideración de rentas de trabajo en especie las cantidades satisfechas a las entidades encargadas de prestar el servicio público de transporte colectivo de viajeros, con el límite de 1.500 euros anuales por persona trabajadora.
  • Se da carácter permanente a la flexibilización de determinados requisitos ya incluidos como medidas COVID, en relación con las siguientes deducciones:
    • Deducción por participación de las personas trabajadoras en su entidad empleadora.
    • Deducción por la constitución de entidades por personas trabajadoras.
  • En cuanto a la obligación TicketBAI, se incorpora una nueva infracción para los supuestos en que por falta de cobertura e imposibilidad de acceso a la red la Administración tributaria haya permitido el envío de los ficheros por importación, y el contribuyente no los envíe en el plazo establecido.

 IS:

  • En relación con la deducción por financiación de proyectos de investigación y desarrollo e innovación se aprueban con carácter general las medidas temporales que se han venido aprobando durante los ejercicios 2020, 2021 y 2022 en relación con las formalidades del contrato de financiación, referidas en particular a plazos de presentación y firma de los contratos.
  • En relación con exclusión de la obligación TicketBAI de las entidades parcialmente exentas, se modifica el ejercicio de referencia para determinar si este tipo de contribuyente estará obligado a TicketBAI, que será el penúltimo período impositivo inmediato anterior.
  • Se incorpora un régimen transitorio para las cantidades aplicadas por la reserva especial de nivelación de beneficios con anterioridad al 1 de enero de 2022 y cuyo plazo máximo de aplicación no haya vencido aún, pudiendo optar los contribuyentes por acogerse al plazo y régimen de penalización anterior a 2022 (5 años y 10 por 100) o el que se encuentra vigente (10 años y 30 por 100).

ITPYAJD:

  • Se establece una nueva exención para las transmisiones de bienes o derechos en beneficio de hijas, hijos, menores o personas con discapacidad sujetas a patria potestad, tutela o con medidas de apoyo para el adecuado ejercicio de su capacidad jurídica, cuyo ejercicio se llevara a cabo por las mujeres fallecidas como consecuencia de violencia contra la mujer, cualquiera que sea el título en virtud del cual se efectúen, y siempre que sirvan para satisfacer indemnizaciones que hayan sido reconocidas judicialmente.

TRIBUTOS LOCALES:

  •  Se incluye una nueva bonificación de hasta el 50% de la cuota íntegra en el caso del IBI y de IAE, y de hasta el 90% en el ICIO para inmuebles en los que se hayan instalado puntos de recarga para vehículos eléctricos, condicionada a que las instalaciones dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente.

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