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Boletín: Marzo 2021

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B.O.B.: 25.03.2021
Entrada en vigor: 26.03.2021

Objeto.

El objeto de este programa será, entre otras cuestiones, facilitar puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales innovadores, que aporten al tejido empresarial de Bizkaia actividades de diversificación y de nuevas tecnologías, con alto valor añadido y potencial de crecimiento, así como, facilitar el acceso de las personas emprendedoras a la información y las ayudas relacionadas con la puesta en marcha de una nueva empresa, canalizando toda la información sobre ayudas, apoyo y acompañamiento necesario para ello.

La puesta en práctica del Programa Creación de Empresas Innovadoras para 2021 se llevará a cabo a través de cuatro áreas de actuación:

  • Área 1. Desarrollo de proyectos empresariales innovadores.
  • Área 2. Nuevas empresas innovadoras.
  • Área 3. Dinamización del ecosistema de emprendimiento.
  • Área 4. Aceleración.

Beneficiarios.

Las características específicas que han de cumplir las entidades beneficiarias varía en función de cada una de las áreas.

Actividades y gastos subvencionables.

Será subvencionable, para cada una de las áreas, la realización de las siguientes actividades:

  • Área 1: Será subvencionable el desarrollo y definición del proyecto de creación de la nueva empresa innovadora o de la nueva unidad de negocio en los proyectos innovadores de intraemprendimiento, según lo establecido en la base 3.1. y 3.2.
  • Área 2: El hecho subvencionable consistirá en la creación de nuevas empresas innovadoras, según lo establecido en la base 3.1.
  • Área 3: El hecho subvencionable consistirá en la creación de nuevas El hecho subvencionable consistirá en:
    • El desarrollo de un plan de innovación colaborativo que permita a las empresas tractoras cubrir sus necesidades y retos en materia de innovación, en colaboración con las startups y con el ecosistema de emprendimiento de Bizkaia.
    • El desarrollo de un proceso impulsado por la empresa tractora con el objetivo de atraer y acelerar startups en Bizkaia en los ámbitos sectoriales prioritarios de sus líneas estratégicas y de su actividad. innovadoras, según lo establecido en la base 3.1.
  • Área 4: El hecho subvencionable consistirá en el desarrollo de proyectos de aceleración de empresas que supongan:
    • la escalabilidad del negocio existente a nuevos mercados.
    • el incremento de facturación, de empleo.
    • el aumento de su competitividad.

Forma y plazo de presentación de solicitudes.

La solicitud se presentará por Internet, en el apartado «Oficina virtual de Promoción Económica» (http://www.bizkaia.eus/Sustapena-OficinaVirtual).

El plazo de presentación de solicitudes será el siguiente:

  • Para las áreas 1, 2 y 4, desde el 26 de marzo hasta las 13:30 horas del 23 de abril de 2021.
  • Para el área 3, desde el 26 de marzo hasta las 13:30 horas del 15 de septiembre de 2021.

Boletín oficial

 

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