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Boletín: Junio 2021

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B.O.P.V.: 10.06.2021
Entrada en vigor: 11.06.2021

Objeto.

El objeto de estas ayudas es impulsar la innovación no tecnológica de la empresa vasca a través de la realización de microproyectos que generen pequeñas innovaciones en producto y en los procesos del negocio, de alto impacto y que se materialicen en resultados a corto plazo en las compañías.

Beneficiarios.

 Los requisitos que deberán reunir las entidades solicitantes para resultar beneficiarias son los siguientes:

  1. Realizar actividades industriales, de servicios conexos a la industria, de la sociedad de la información y las comunicaciones, de logística y de comercio mayorista.
  2. Disponer de un centro de actividad en la CAPV, centro en el que el proyecto presentado deberá tener impacto y en el que se realizará el microproyecto.
  3. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y para con la TGSS y/o sus entidades colaboradoras.
  4. Deberán estar dadas de alta en el correspondiente epígrafe del IAE del País Vasco.
  5. Disponer, al menos, de una plantilla de 10 empleados en el momento de la solicitud.

 

Actividades y gastos subvencionables.

La ayuda en especie objeto de este programa será la recepción de un asesoramiento especializado e individualizado por parte de la empresa beneficiaria para la realización de microproyectos que cumplan las siguientes características:

  • Que generen pequeñas innovaciones en producto y/o en los procesos del negocio, de alto impacto y que se materialicen en resultados a corto plazo en la compañía.
  • La duración y dedicación máxima para su realización serán de 90 días naturales y de 50 horas de trabajo in situ por parte de la consultoría externa especializada desde el momento de la resolución y sin superar en ningún caso la fecha de ejecución del 31 de marzo de 2022.
  • Estar reflejadas dentro de la tipología de proyectos subvencionables, agrupada por materias, en función de los lotes que constituyen el objeto de la licitación convocada por SPRI, esto es servicios de asesoramiento para la identificación e implantación de soluciones de innovación no tecnológica en las siguientes materias:
    • Servicios de asesoramiento para la identificación e implantación de soluciones de innovación no tecnológica en materia ECONÓMICO-FINANCIERA,
    • Servicios de asesoramiento para la identificación e implantación de soluciones de innovación no tecnológica en materia de PROCESOS ADMINISTRATIVOS INTERNOS,
    • Servicios de asesoramiento para la identificación e implantación de soluciones de innovación no tecnológica en materia de PRODUCCIÓN,
    • Servicios de asesoramiento para la identificación e implantación de soluciones de innovación no tecnológica en materia de LOGÍSTICA,
    • Servicios de asesoramiento para la identificación e implantación de soluciones de innovación no tecnológica en materia de PERSONAS,
    • Servicios de asesoramiento para la identificación e implantación de soluciones de innovación no tecnológica en materia de CLIENTELA,
    • Servicios de asesoramiento para la identificación e implantación de soluciones de innovación no tecnológica en materia de NUEVOS MERCADOS,
    • Servicios de asesoramiento para la identificación e implantación de soluciones de innovación no tecnológica en materia de PRODUCTO, que posibiliten: (1) alcanzar nuevos productos o de servicios conexos que aumenten el volumen de negocio (2) Mejora sustancial de productos o servicios conexos previamente existentes para aumentar el volumen de negocio o los márgenes de venta mediante el cambio de sus características, su utilidad, la experiencia para el cliente, la sustitución de materiales, la modificación del diseño, el ecodiseño y/o la mejora del envasado (3) la identificación de soluciones que permitan la Protección Industrial.
  • Que para su implantación se desarrolle en colaboración con la firma consultora adjudicataria, tras el correspondiente proceso de licitación, para el tipo de servicio para el que se solicita ayuda.
  • Ajustarse, para su ejecución, a las siguientes condiciones de ejecución de proyecto:
    • En el plazo máximo de siete días naturales desde la notificación de asignación de firma consultora especializada a la empresa solicitante, y tras la toma de contacto entre ambos para identificar la necesidad del proyecto, la empresa solicitante deberá presentar a SPRI la Memoria del trabajo a realizar.
    • La empresa solicitante, con el apoyo de la Firma Consultora Especializada asignada, implanta el proyecto aprobado,

Forma y plazo de presentación de solicitudes.

Las entidades que reúnan las condiciones para poder acceder a las ayudas previstas deberán cumplimentar, contando para ello con la colaboración de Innobasque, los formularios de Solicitud de Ayuda habilitados en la página web de SPRI.

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda se iniciará el día siguiente a la publicación de las presentes bases en el BOPV y finalizará el 2 de diciembre de 2021. No obstante, la atención técnica a los solicitantes finalizará a las 15:00 horas (hora peninsular española) del día 2 de diciembre de 2021.

Boletín oficial

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