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Boletín: Abril 2023

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B.O.B.: 05.04.2023
Entrada en vigor: 06.04.2023

Objeto

Mediante el presente decreto foral se regulan las bases reguladoras y la convocatoria de las subvenciones que se concedan por el Departamento de Empleo, Inclusión Social e Igualdad que tengan por finalidad la realización de proyectos de promoción de la igualdad de mujeres y hombres.

Beneficiarios

Podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las asociaciones de mujeres y las entidades sin ánimo de lucro del Territorio Histórico de Bizkaia, siempre que cumplan los requisitos siguientes:

  1. Que presenten proyectos para la igualdad de mujeres y hombres en consonancia con las estrategias del VII Plan para la igualdad de mujeres y hombres de la Comunidad Autónoma del País Vasco y del VI Plan Foral para la igualdad de mujeres y hombres en Bizkaia y no se trate de proyectos de inversión.
  2. Que tengan su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia.
  3. Que los proyectos que presenten se desarrollen íntegramente en el Territorio Histórico de Bizkaia.

Actividades y gastos subvencionables

Las ayudas se plantean en dos líneas:

  1. A asociaciones de mujeres.
  2. Para proyectos de igualdad a entidades sin ánimo de lucro.

Forma y plazo de presentación de solicitudes

Las entidades que deseen acogerse a las subvenciones previstas en los capítulos II y III deberán presentar la correspondiente solicitud obligatoriamente por sede electrónica.

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto en el BOB.

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