Boletín: Abril 2023

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B.O.E.: 13.04.2023
Entrada en vigor: 14.04.2023

Objeto

El objeto de la convocatoria es convocar, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, la concesión de ayudas destinadas a financiar la mejora de la productividad en pequeñas y medianas empresas industriales a través de proyectos piloto que incorporen, entre otras, medidas de reducción de la jornada laboral, de acuerdo con lo previsto en Orden ICT/1238/2022, de 9 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el impulso de la mejora de la productividad en pequeñas y medianas empresas industriales a través de proyectos piloto de reducción de la jornada laboral.

Beneficiarios

Podrán tener la condición de empresas beneficiarias, las sociedades que tengan consideración de pequeñas y medianas empresas, con personalidad jurídica propia legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, que no formen parte del sector público y que desarrollen una actividad industrial.

Actividades y gastos subvencionables

Las actuaciones susceptibles de subvención en el marco de la convocatoria que se realice al amparo de la presente orden serán proyectos piloto de innovación en materia de organización empresarial que permitan mejorar la productividad de pequeñas y medianas empresas industriales y permitir, por ello, abordar, entre otras, medidas destinadas a la reducción de las jornadas laborales sin merma salarial.

Estos proyectos piloto deberán tener, al menos, el siguiente contenido:

  1. Compromiso empresarial de reducción de la jornada laboral ordinaria a tiempo completo que refleje una reducción mínima del 10 por ciento de la jornada en cómputo semanal. Este compromiso se establecerá para una duración temporal mínima de dos años, computable desde la concesión de la ayuda, y afectará únicamente a personas trabajadoras con contrato indefinido a tiempo completo.
  2. Compromiso empresarial relativo a que la reducción de la jornada laboral ordinaria realizada en los términos precedentes, en ningún caso afectará a las retribuciones salariales que legal o convencionalmente correspondiesen al 100% de la jornada laboral.
  3. Deberá de garantizarse que el número de mujeres participantes en el proyecto responda al porcentaje de distribución de género existente en la totalidad de la plantilla con contrato indefinido a tiempo completo, permitiéndose una desviación del 10%. No obstante lo anterior, este porcentaje de mujeres participantes podrá ser superior, pero no inferior.
  4. La propuesta del número de personas trabajadoras participantes en el proyecto piloto realizada por la empresa debe afectar como mínimo a un porcentaje de la plantilla de la empresa o centro de trabajo, en los términos que se determinan a continuación, en función del tamaño del mismo.

Forma y plazo de presentación de solicitudes

De acuerdo con lo dispuesto en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento. Las solicitudes y el resto de comunicaciones y demás documentación exigible relativa a los proyectos piloto, serán remitidas electrónicamente a través del registro electrónico accesible desde la sede electrónica de la Fundación EOI, F.S.P.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde la publicación de este extracto en el BOE.

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