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Boletín: Diciembre 2021

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El procedimiento de infracción abierto a España el 2 de diciembre de 2021 por la Comisión Europea tiene por objeto la ausencia de la incorporación de las normas europeas para evitar el fraude con el presupuesto comunitario a su legislación nacional. Este aspecto debía haberse realizado antes de julio de 2019.

A pesar de que la normativa estatal recoge escuetamente una mención sobre las implicaciones penal de la gestión de los fondos europeos, la Comisión considera que la transposición es insuficiente en cuanto a las definiciones, sanciones, reglas sobre jurisdicción y los plazos de prescripción en el Derecho penal para los casos de fraude u otros delitos que afecten a los intereses financieros de la UE.

El expediente lo antecede un informe elaborado en septiembre, según un comunicado publicado, la Comisión detectó que se necesitan mejoras en el modo en que los Estados han introducido en su legislación nacional estas normas, sobre todo para asegurar la transposición coherente de la definición de infracción penal, así como la responsabilidad y sanciones para las personas legales y naturales. Asimismo, la adecuada transposición de estas reglas es necesaria para permitir que la nueva Fiscalía Europea pueda llevar a cabo investigaciones y procesos en la UE según la Comisión.

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