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Boletín: Diciembre 2021 bis

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B.O.E.: 04.01.2022
Entrada en vigor: 05.01.2022

Objeto.

Las ayudas tienen por objeto la financiación de proyectos de desarrollo experimental en colaboración entre empresas y organismos de investigación, a finde avanzar en la incorporación de conocimientos y resultados científico-técnicos que permitan la validación y el desarrollo precompetitivo de nuevas tecnológicas, productos y servicios, creando el contexto adecuado que estimule la generación de una masa crítica en I+D+i de carácter interdisciplinar para su aplicación, transferencia, búsqueda de soluciones y generación de resultados tanto en las trayectorias tecnológicas y de innovación de las empresas como en el mercado.

Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias de las ayudas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de las bases reguladoras, los organismos públicos de investigación, las universidades públicas y sus institutos universitarios, las universidades privadas, los institutos de investigación sanitaria acreditados, los Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal, otros centros de I+D+i públicos y privados sin ánimo de lucro, las empresas y las asociaciones empresariales sectoriales.

Actividades y gastos subvencionables.

Serán objeto de ayuda las propuestas presentadas para la realización de proyectos de desarrollo experimental en colaboración público-privada entre entidades empresariales y organismos de investigación. Las actividades del proyecto deberán corresponder a la definición y características descritas en el apartado 8 del anexo II para proyectos de desarrollo experimental.

El proyecto implicará la colaboración efectiva, conforme a la definición contemplada en el apartado 9 del anexo II, entre al menos una empresa y uno o varios organismos de investigación. La agrupación de los beneficiarios estará representada por uno de ellos, que será el interlocutor ante la Administración, y canalizará con esta las relaciones correspondientes. El solicitante y representante de la agrupación de entidades que presente el proyecto deberá ser una empresa, en el sentido expresado en el artículo 5.1 h).

Los proyectos presentados deberán cumplir los requisitos que se exijan en la convocatoria en lo referente a cuantía, duración y participación de cada uno de los miembros del consorcio en el proyecto.

Forma y plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes de participación serán presentadas de conformidad con el procedimiento que se describe en el artículo 48 de la convocatoria.

La cumplimentación y presentación telemática de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 19 de enero de 2022 y finalizará el día 9 de febrero de 2022 a las 14:00 horas (hora peninsular española).

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