Los Principios ESG (Environmental, social and governance), se han convertido en una herramienta dirigida a mejorar la fiabilidad y credibilidad de la información de la gestión empresarial en materia sostenibilidad. La preocupación creciente de la sociedad por los factores ambientales y sociales ha hecho que también las empresas hayan adoptado medidas para desarrollar su labor de forma responsable desde una perspectiva ambiental, social y de gobernanza. Cada vez es más frecuente que las grandes empresas integren en su cultura organizativa los principios ESG con el objeto de avanzar hacia una gestión más sostenible, garantizando que sus operaciones y su actividad empresarial sea respetuosas con el medio ambiente, con los derechos sociales y con la buena gobernanza. Se trata, por tanto, de una forma de dirigir las empresas en la que lo relevante no es sólo la maximización del valor de la compañía, sino que ésta genere valor para todos sus grupos de interés: socios, trabajadores, inversores, acreedores, etc. La vigencia de dichos principios ha sido reforzada por la Directiva (UE) 2022/2464 de 14 de diciembre, que impone a las empresas la obligación de divulgación de la información sobre sostenibilidad para que la ciudadanía en general pueda conocer la política de sostenibilidad de las empresas. En el ámbito interno dicha exigencia se pretende incorporar próximamente. El Proyecto de Ley de información empresarial sobre sostenibilidad (BOCG de 15 de noviembre de 2024), todavía en trámite parlamentario, obligará a las empresas de cierta dimensión a aprobar el informe de sostenibilidad en su informe de gestión.
Sin embargo, en los últimos tiempos, se está poniendo en duda la conveniencia de mantener la vigencia de tales principios ESG en las organizaciones empresariales. Las críticas a estas políticas de gestión se han planteado, por una parte, por los costes que su implantación conlleva para las empresas, y, por otra, porque se ha utilizado por parte de algunas empresas como instrumento de marketing para dar una imagen de su política medioambiental en la que aparentan ser más responsables con el medio ambiente de lo que realmente son (greenwashing o ecopostureo) (Caso Iberdrola v. Repsol, Sentencia del Juzgado Mercantil Nº 2 de Santander de 21 de febrero de 2025). Pero, últimamente ha sido la Administración Trump la que ha denostado también estas políticas, entendiendo que, además de los excesivos costes que comportan, carece de sentido utilizar los recursos económicos de las empresas en tales políticas. Además, ha criticado a las empresas que los empleen, generándose un temor a que las empresas gestionadas con arreglos a tales principios ESG sufran algún tipo de perjuicio o represalia económica por abanderar este tipo de políticas. Ello explica que haya surgido, como respuesta, el greenhushing, movimiento en el que se han inscrito algunas empresas, que en sus políticas de gestión están consagrando la utilización de los principios ESG, pero que prefieren no comunicar su seguimiento por temor al perjuicio reputacional que su invocación puede conllevar, con lo que está reduciendo significativamente la política de transparencia en las políticas medioambientales de las empresas.
En dicha tesitura no resulta sencillo averiguar la tendencia próxima que van a elegir las empresas a la hora de llevar a cabo sus políticas de sostenibilidad. La Directiva 2022/2464 de 14 de diciembre está en pleno vigor, por lo que resulta patente que las grandes empresas europeas están obligadas a presentar en su informe de gestión su informe de sostenibilidad en el que se haga constar el alcance y el grado de cumplimiento de sus políticas medioambientales, sociales y de gobernanza. A falta, por tanto, de una redefinición normativa de tales exigencias por la norma interna que transponga la Directiva 2022/2464, lo que resulta indudable es que las empresas europeas siguen apostando mayoritariamente por seguir llevando cabo inversiones en políticas de sostenibilidad, aunque normativamente se haya producido cierto parón en su efectiva implantación legal. Ahora bien, también cabe constatar que dichas políticas no están siendo publicitadas a la vista del errático escenario norteamericano y de la incertidumbre regulatoria. La conclusión es realmente contradictoria. Por una parte, parece que los principios ESG siguen gozando de indudable presencia en la gestión de las empresas y no se atisba, en este sentido, ningún retroceso en su progresiva implantación. Pero, por otra parte, cada vez más empresas apuestan por una implantación más silenciosa de tales principios. De esta forma, la difusión de las políticas de sostenibilidad de las empresas, objetivo central del legislador europeo en aras a conseguir que las empresas gestionen de forma más sostenible, pueda quedar en entredicho, porque la ciudadanía no va a poder distinguir si las empresas están o no llevando a cabo una gestión más humana y medioambiental, ya que si las que lo hacen, no lo publicitan, es como si no lo hicieran, por lo que la sensación que se puede generar es que las empresas se están alejando de los parámetros de gestión de los ESG y, por tanto, de las políticas de difusión de la sostenibilidad de la UE.
