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Boletín: Noviembre 2021

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En un editorial anterior nos hicimos eco, dentro del proceso de digitalización que debe impulsar la economía, del Anteproyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes de 6 de julio de 2021, que promueve la constitución de las denominadas startups. Pues bien, de forma complementaria a esta proyectada normativa, cabe mencionar la reciente aprobación por el Consejo de Ministros del pasado 1 de diciembre, de la aprobación del Anteproyecto de Ley de Creación y Crecimiento de Empresas, que pretende profundizar en la misma línea implantando nuevas medidas dirigidas a favorecer la creación de empresas de cualquier tipo. La proyectada norma se concibe como una propuesta inequívoca a favor de las PYMEs, que ocupan el 99% del tejido productivo nacional. Y para ello, se pretenden eliminar barreras de acceso y salida de las empresas y, con ello, mejorar el crecimiento de la productividad, como factor principal de la mejora de la economía.

Para favorecer el impulso de las empresas y mejorar el dinamismo empresarial la proyectada norma propone una serie de reformas legislativas significativas. No es éste el momento ni el lugar de desgranar todas y cada una de las medidas que la nueva regulación pretende implantar con este fin. Cabe destacar, no obstante, dentro del elenco de modificaciones que incorpora, la eliminación de la exigencia del capital mínimo de 3.000 € para constituir una S.L, permitiendo que pueda crearse con 1 €, con el objeto de abaratar sus costes de constitución. En segundo lugar, se propone que este tipo de sociedades puedan crearse de forma más rápida, más ágil y al menor coste, mediante el empleo de modelos de estatutos-tipo estandarizados que hagan más sencillos los preparativos para constituir este tipo de entidades. Y, por último, por lo que aquí se refiere, debe mencionarse la implantación de nuevas medidas para la lucha contra la morosidad comercial, aspecto que tanto perjudica a las pequeñas y medianas empresas. En este sentido, cabe mencionar que se incorporan alicientes específicos para el cumplimiento de los plazos de pago. Así, se promueve la utilización generalizada de la factura electrónica como instrumento idóneo para reducir los costes del tráfico mercantil y facilitar asimismo el acceso a la información sobre los plazos de pago entre empresas. Y, como estímulo directo, se establece que para acceder a las subvenciones públicas será necesario que la empresa solicitante esté al día en el cumplimiento puntual de sus obligaciones de pago.

En definitiva, la nueva norma proyectada pretende que las empresas puedan crearse de forma más ágil y rápida, con menores exigencias financieras y documentarles. La iniciativa debe, por tanto, saludarse de forma muy favorable. En cualquier caso, conviene estar atentos a su tramitación parlamentaria para comprobar si experimenta cambios de calado, ya que, una vez que vea la luz, será entonces el momento en que los operadores e inversores deberán calibrar si la implantación de tales medidas ha traído consigo efectivamente las ventajas previstas.

 

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