El Consejo de Ministros ha aprobado, este 30 de septiembre, el Acuerdo por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente del proyecto de Real Decreto por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, en materia de registro de jornada.
El proyecto de Real Decreto tiene por objeto desarrollar los siguientes aspectos en materia de registro de jornada:
- Realización personal y directa por las personas trabajadoras.
- Identificación de interrupciones, y de los tipos de tiempo de trabajo registrados (tiempo de trabajo efectivo/tiempo de disponibilidad, horas ordinarias/horas extraordinarias).
- Control de las modificaciones de los asientos.
- Obligación de acceso inmediato, así como remoto en el caso de registros electrónicos.
- Registros a disposición de las personas trabajadoras, la RLT, y la Inspección de Trabajo y de Seguridad Social.
