La futura norma regulará el régimen jurídico de la publicidad del sector público estatal y la normativa básica aplicable al resto de administraciones públicas.
“La publicidad del sector público cumple un papel esencial de información a los ciudadanos, pero no se puede convertir nunca en un medio de compra de medios. Esta es una ley importante también para nuestra democracia y que tiene básicamente dos objetivos. En primer lugar, garantizar la transparencia de cara a los ciudadanos, para que los ciudadanos sepan dónde van sus recursos, a qué campañas de información y a que medios de comunicación. Se trata de garantizar el derecho de los ciudadanos a la transparencia. El segundo objetivo tiene que ver con garantizar la independencia de los medios de comunicación”, ha valorado el ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López, en la rueda de prensa posterior al Consejo de ministros.
El texto nace para adaptar una parte de la legislación española al Reglamento Europeo sobre la Libertad de los Medios de Comunicación (EMFA), que crea un marco europeo común para proteger la libertad, independencia y el pluralismo de los medios de comunicación en todo el territorio, actualizando y complementando las reglas existentes para medios audiovisuales. Así, derogará la Ley 29/2005, 29 de diciembre, de Publicidad y Comunicación Institucional para adaptarse al panorama informativo actual. De hecho, el texto incorpora por primera vez a los “prestadores de plataformas en línea” como destinatarios regulados de la publicidad pública, adaptándose así a la realidad digital actual del panorama mediático.
Entre las principales novedades de la norma, figura el establecimiento de un límite para la recepción de publicidad estatal por parte de medios de comunicación y plataformas en línea, que se fija en el 35% de su cifra de negocios neta anual o de la del grupo al que pertenezcan. Todos aquellos que hayan recibido publicidad institucional de cualquier organismo del sector público de los tres niveles de la Administración y superen el límite fijado, no podrán optar a publicidad estatal. De esta forma, la regulación busca evitar que su subsistencia económica dependa de los fondos públicos, garantizando así su independencia.
Este límite no se aplicará a los medios de comunicación y plataformas en línea cuya cifra de negocios no supere los dos millones de euros y cuya audiencia se concentre, al menos en un 70%, en el ámbito de tres Comunidades Autónomas limítrofes como máximo. Condiciones que habrá de certificar de forma anual un agente externo independiente.
