En línea con el acuerdo alcanzado con los sindicatos UGT y CCOO en el marco de la negociación del SMI 2026, el Ministerio de Trabajo y Economía Social ha publicado la propuesta de texto de un Real Decreto por el que, entre otras cuestiones, pretende modificar el mecanismo de compensación y absorción salarial actualmente regulado en el Estatuto de los Trabajadores.
En concreto, el artículo 4 del texto publicado, prevé lo siguiente en relación con la mencionada materia:
- No se elimina completamente el mecanismo de compensación y absorción salarial, si bien se restringe su aplicación.
- A efectos de determinar si el salario percibido en cómputo anual es igual o superior al salario mínimo interprofesional, en cuyo caso operaría la compensación y absorción, se excluirían del cómputo del salario percibido en cómputo anual los siguientes complementos salariales:
- Los devengados por las condiciones en que se preste la actividad (pluses de nocturnidad, toxicidad, turnicidad, etc.).
- Los ligados a las características intrínsecos de la persona trabajadora (relativos a la antigüedad, formación, residencia, etc.).
- Los devengados en función de resultados o rendimiento (incentivos, primas de productividad, comisiones, etc.).
- Los regulados como “no compensables” en los Convenios Colectivos aplicables.
Actualmente, el texto se encuentra en trámite de audiencia e información pública, desde el 2 de marzo hasta el 20 de marzo (ambos inclusive).
Deberemos estar atentas al recorrido del texto, si bien, como ya adelantamos en nuestra Circular 7-2026, resulta cuanto menos cuestionable que la modificación pretendida, que afecta a una norma con rango de Ley, se articule vía Real Decreto.
