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Boletín: Noviembre 2025

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La cuestión a resolver era cuál debía ser la interpretación de la exigencia de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) en materia de jubilación parcial y contrato de relevo, consistente en que la base de cotización de la persona relevista sea igual o superior al 65% de la que tenía la persona jubilada parcial.

Se plantean dos opciones interpretativas posibles:

  • Que el 65% se calcule sobre la base de cotización de la persona jubilada parcial a jornada completa; o
  • Que para el cálculo del 65% se realice un ajuste proporcional de la base de cotización de la persona jubilada parcial, en función de la jornada de la persona relevista.

El Alto Tribunal aclara que, a la hora de interpretar la exigencia controvertida, únicamente deben considerarse las bases de cotización de la persona relevista y jubilada parcial, sin que resulte relevante la jornada realizada por dichas personas.

Por ello, el Supremo concluye que la exigencia controvertida debe ser interpretada en el sentido de que el 65% se calcule sobre la base de cotización de la persona jubilada parcial a jornada completa, sin más parámetros.

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