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Boletín: Agosto 2025

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Resolviendo el recurso interpuesto por la Comisión contra España, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) confirma que el Estado ha adoptado las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a la Directiva 2019/1158, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo.

En concreto, el TJUE aprecia la falta de transposición de los siguientes artículos de la mencionada Directiva:

  • Artículo 8, apartado 3, relativo a la remuneración o prestación económica del permiso parental.
  • Artículo 9, sobre fórmulas de trabajo flexible.
  • Artículo 12, relativo a la protección frente al despido de las personas trabajadoras que hayan solicitado o estén disfrutado de los permisos previstos en la Directiva, en el sentido de que la legislación española no ha adoptado disposiciones para regular esta cuestión en el caso de las personas empleadas públicas.

Por todo ello, el Tribunal impone a España una multa de 6.832.000 euros, que podrá incrementarse a razón de 19.700€, en caso de que el incumplimiento persista.

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