El Tribunal de Justicia ya había declarado una primera vez el incumplimiento de Eslovenia en una sentencia dictada en 2015 Mediante una sentencia dictada el 16 de julio de 2015 en un asunto incoado por la Comisión Europea, el Tribunal de Justicia declaró que Eslovenia había vulnerado el Derecho de la Unión en materia de gestión de residuos. La vulneración estaba vinculada esencialmente a la existencia de un vertedero ilegal situado en el municipio de Teharje (Bukovžlak), ya que Eslovenia había autorizado el depósito de tierras de excavación sin comprobar si se habían depositado en el mismo lugar otros residuos y sin adoptar medidas para eliminar los residuos no comprendidos en la autorización. Al no haber adoptado Eslovenia las medidas necesarias para ejecutar dicha sentencia, la Comisión interpuso un nuevo recurso por incumplimiento en mayo de 2023, mediante el que solicitó que se condenara a Eslovenia al pago de una cantidad a tanto alzado.
El Tribunal de Justicia estima este recurso y hace constar que cuando expiró el plazo señalado por la Comisión Eslovenia no había ejecutado la sentencia de 16 de julio de 2015. El Tribunal de Justicia considera que dicho Estado miembro tuvo tiempo suficiente para proceder al saneamiento del vertedero en cuestión y que el retraso no puede justificarse, en particular, ni por la pandemia de COVID-19 ni por la desorganización provocada por esta pandemia en la actividad administrativa. Con el fin de evitar futuras infracciones del Derecho de la Unión, el Tribunal de Justicia condena a Eslovenia a abonar a la Comisión una cantidad a tanto alzado de 1.200.000 euros.