El Tribunal Supremo ha dictado la Sentencia 1.119/2025, de 11 de septiembre, en la que estima el recurso interpuesto por la Fundación Civio y declara el derecho de acceso al código fuente de la aplicación BOSCO, empleada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para gestionar el bono social eléctrico. Con esta resolución se consolida la transparencia algorítmica en la Administración y se refuerza la obligación de que los sistemas automatizados que determinan derechos sociales puedan ser objeto de control ciudadano.
La solicitud de acceso se presentó en 2018 y fue inicialmente rechazada por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº 8 y la Audiencia Nacional, hasta llegar al Tribunal Supremo. La cuestión clave giraba en torno a si la propiedad intelectual o la seguridad del sistema podían invocarse de forma genérica para denegar el acceso al código fuente.
El Tribunal Supremo concluye que la automatización administrativa no puede ser opaca y que los ciudadanos tienen derecho a conocer los algoritmos que intervienen en la concesión de derechos y prestaciones públicas. Subraya que los límites al derecho de acceso deben interpretarse de manera restrictiva: no basta con alegar riesgos abstractos, sino que debe acreditarse un perjuicio real y concreto. Además, el fallo equipara los algoritmos a normas operativas de la Administración, sometiéndolos al mismo nivel de control y transparencia que cualquier otra actuación administrativa.
La sentencia destaca los siguientes puntos:
- El derecho de acceso a la información pública puede extenderse al código fuente cuando interviene en decisiones automatizadas que afectan a derechos ciudadanos.
- La invocación genérica de la propiedad intelectual o de la seguridad del sistema no es suficiente para restringir el acceso: debe acreditarse un perjuicio real.
- Los algoritmos se consideran normas operativas de la Administración y deben someterse al mismo nivel de control jurídico y transparencia.
- Las Administraciones deben justificar con rigor cualquier limitación y asegurar que los sistemas automatizados que determinan derechos sociales puedan ser fiscalizados.
La Sentencia 1.119/2025 refuerza así la rendición de cuentas y el control ciudadano sobre los procesos automatizados en el sector público, marcando un cambio en la interpretación del derecho de acceso en el entorno digital.
