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Boletín: Noviembre 2023

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El Tribunal Supremo considera que, si así se prevé en el régimen disciplinario del Convenio Colectivo aplicable, la apropiación indebida de productos de un supermercado es motivo suficiente para despedir a una persona trabajadora y calificar tal como procedente, independientemente del valor de lo sustraído. Esto es, considera que la pérdida de confianza justifica la sanción a la persona trabajadora que se apropia de los bienes de la empresa.

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