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Boletín: Febrero 2026

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La CNMC ha multado con un total de 20,5 millones a Repsol Comercial de Productos Petrolíferos, S. A. [1] , Solred, S. A. y Campsa Estaciones de Servicio, S. A., por su política comercial de estrechamiento de márgenes abusivo en perjuicio de estaciones de servicio independientes y que compiten con las de Repsol (S/0011/22).

Durante el periodo sancionado, Repsol tenía una posición de dominio en el mercado mayorista de combustibles de automoción a estaciones de servicio a escala nacional. El derecho de la competencia exige que las empresas en posición de dominio sean especialmente responsables de no restringir la competencia.

El estrechamiento de márgenes comerciales es una conducta prohibida para las empresas en posición de dominio por el artículo 2 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) y el artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). En este caso, ha afectado a la venta de gasóleo A (GOA) a estaciones de servicio rivales, que luego suministran este combustible a clientes profesionales, principalmente a transportistas.

Por todo ello, la CNMC ha impuesto una sanción de 20,5 millones de euros, de cuyo pago responderán solidariamente Repsol Comercial de Productos Petrolíferos, S.A., Solred, S. A. y Campsa Estaciones de Servicio, S.A., y, solidariamente, a las matrices Repsol Customer Centric, S. L. y Repsol, S. A., por una infracción muy grave del artículo 62.4.b) de la LDC.

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