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Boletín: Febrero 2025

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El 6 de febrero de 2025, la Comisión Mixta del Concierto Económico (CMCE) aprobó una modificación del Concierto Económico para que los contribuyentes forales puedan aplicar el sistema de IVA diferido en las mismas condiciones que los contribuyentes de normativa común. Esto es muy importante para muchas empresas forales, ya que les permitirá acceder plenamente a las ventajas financieras del IVA diferido a la importación.

Los antecedentes al respecto son los siguientes:

  • 2015: se introduce el sistema de IVA diferido a la importación, permitiendo incluir las cuotas de IVA en la declaración periódica.
  • Inicialmente: solo las empresas que tributaban al Estado podían beneficiarse completamente de este sistema.
  • 2016: el Tribunal Supremo considera que la exclusión de las empresas forales es una discriminación injustificada.
  • 2018: avances permiten que las empresas forales opten por ingresar el IVA mediante una autoliquidación periódica ante la Administración del Estado, aunque debían seguir gestionando las deducciones con sus administraciones forales.

El acuerdo permitirá que los contribuyentes forales no soporten la carga financiera del IVA a la importación para su posterior recuperación en las autoliquidaciones forales. Así, las administraciones tributarias implantarán mecanismos para que estos contribuyentes puedan incluir las cuotas de IVA devengado a la importación en sus autoliquidaciones periódicas sin tener que gestionar autoliquidaciones adicionales con la Agencia Tributaria.

En este sentido, todo indica que la implementación de esta medida requerirá la aprobación de un proyecto de Ley de modificación del Concierto Económico y la adopción de medidas reglamentarias.

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