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Boletín: Julio 2023

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MODIFICA REGLAMENTOS OBLIGACIONES FORMALES, IRPF, IS Y GESTIÓN

B.O.B.: 10.07.2023
Entrada en vigor: 11.07.2023
Efectos: 11.07.2023

Las modificaciones más destacadas son las siguientes:

En cuanto al reglamento de obligaciones formales:

  • Se crea el llamado Registro de extractores de depósitos fiscales de productos incluidos en los ámbitos objetivos de los Impuestos sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas o sobre Hidrocarburos.
  • Se crean los registros los registros del Impuesto sobre Gases Fluorados de Efecto Invernadero, del Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables y del Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos,
  • Se amplía a tres meses la obligación de todas las personas físicas de realizar la comunicación del cambio de domicilio desde que este se produzca, a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
  • Se establece la obligación de informar sobre la tenencia de monedas virtuales incluso situadas en el extranjero.

En cuanto al Reglamento del IRPF:

  • Se establece una modificación en el sentido de extender la actual exclusión de retención existente para las ganancias patrimoniales procedentes del reembolso o transmisión de participaciones o acciones en las instituciones de inversión colectiva españolas que tienen la consideración de fondos de inversión o sociedades de inversión cotizados, a las instituciones de inversión colectiva equivalentes constituidas en otros Estados, con independencia del mercado, nacional o extranjero, en el que coticen, sobre la base de que su naturaleza y régimen de funcionamiento son equiparables al que tienen las constituidas en España.

En cuanto al Reglamento del IS:

  • Se modifica también la exclusión de retención para las ganancias patrimoniales procedentes del reembolso o transmisión de participaciones o acciones en las instituciones de inversión colectiva españolas que tienen la consideración de fondos de inversión o sociedades de inversión cotizados, a las instituciones de inversión colectiva equivalentes constituidas en otros Estados.

En cuanto al Reglamento de gestión de los tributos:

  •  Se establece la posibilidad de los obligados tributarios de señalar un máximo de 30 días naturales en cada año natural durante los que Hacienda no puede poder a su disposición notificaciones en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

 Boletín oficial


ESTABLECE FIN PODERES REPRESENTACIÓN BIZKAIBAI

B.O.B.: 11.07.2023
Entrada en vigor: 12.07.2023
Efectos: a partir del 1 de agosto de 2023.

 Boletín oficial


MODIFICA ESPECIFICACIONES SOFTWARE GARANTE

B.O.B.: 12.07.2023
Entrada en vigor: 01.01.2024 (excepto lo dispuesto en el apartado Cinco del artículo 1 que entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de Bizkaia
Efectos: 01.01.2024 (excepto lo dispuesto en el apartado Cinco del artículo 1 que entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de Bizkaia).

 Boletín oficial


MODIFICA MODELOS 036 Y 037

B.O.B.: 13.07.2023
Entrada en vigor: 13.07.2023
Efectos: 13.07.2023

Boletín oficial


REGULA DÍAS DE CORTESÍA INHÁBILES A EFECTOS DE NOTIFICACIONES

B.O.B.: 17.07.2023
Entrada en vigor: 18.07.2023
Efectos: 18.07.2023

Boletín oficial


APRUEBA PREVIOS MEDIOS DE VENTA ITPAJD VEHÍCULOS

B.O.B.: 20.07.2023
Entrada en vigor: 20.07.2023
Efectos: 20.07.2023

Boletín oficial


APRUEBA MODELO 05 IIEE DETERMINADOS MEDIOS DE TRANSPORTE

B.O.B.: 26.07.2023
Entrada en vigor: 01.08.2023
Efectos: 01.08.2023

Boletín oficial


APRUEBA MODELO 03 RECONOCIMIENTO IVA 4% MEDIOS TRANSPORTE DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

B.O.B.: 26.07.2023
Entrada en vigor: 01.08.2023
Efectos: 01.08.2023

Boletín oficial

 

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