Boletín: Marzo 2023

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MODIFICA MODELO 490 IMPUESTO SERVICIOS DIGITALES

B.O.E.: 31.03.2023
Entrada en vigor: 01.04.2023
Efectos: de aplicación por primera vez a las autoliquidaciones correspondientes al primer trimestre de 2023 cuyo plazo de presentación comience el día 1 de abril de 2023.

Boletín oficial


MODIFICA MODELO 604 IMPUESTO TRANSACCIONES FINANCIERAS

B.O.E.: 31.03.2023
Entrada en vigor: 01.04.2023
Efectos: se aplicará por primera vez a las autoliquidaciones del Impuesto sobre las Transacciones Financieras correspondientes a los periodos de liquidación que se inicien a partir del 1 de septiembre de 2023.

Boletín oficial


APRUEBA MODELO 792 Y 793 COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

B.O.E.: 31.03.2023
Entrada en vigor: 01.04.2023
Efectos: será de aplicación por primera vez al modelo 792, «Autoliquidación de la aportación a realizar por los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo y por los prestadores del servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma de ámbito geográfico estatal o superior al de una Comunidad Autónoma», correspondiente al ejercicio 2023 y al modelo 793, «Pagos a cuenta de la aportación a realizar por los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo y por los prestadores del servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma de ámbito geográfico estatal o superior al de una Comunidad Autónoma», correspondiente al primer pago a cuenta del ejercicio 2023.

Boletín oficial


APRUEBA MODELO IRPF E IP 2022

B.O.E.: 31.03.2023
Entrada en vigor: 01.04.2023
Efectos: autoliquidaciones correspondientes al ejercicio 2022.

Boletín oficial


ELEVA LÍMITE EXENTO OBLIGACIÓN APORTAR GARANTÍA

B.O.E.: 31.03.2023
Entrada en vigor: 15.04.2023
Efectos: en función de lo dispuesto en su articulado.

Boletín oficial


MODIFICA MODELOS 202 Y 222 PAGOS FRACCIONADOS IS

B.O.E.: 31.03.2023
Entrada en vigor: 01.04.2023
Efectos: aplicable por primera vez para las autoliquidaciones de pagos fraccionados, modelo 202 y 222, cuyo plazo de presentación comienza en abril de 2023. La disposición final primera será de aplicación por primera vez para las autoliquidaciones del modelo 309 correspondientes al primer trimestre de 2023.

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