MODIFICA EL MODELO J-10
B.O.N.: 15.04.2025
Entrada en vigor: 16.04.2025
Efectos: a partir de las declaraciones presentadas en abril de 2025
MODIFICA EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
B.O.N.: 25.04.2025
Entrada en vigor: 26.04.2025
Efectos: desde el 22 de diciembre de 2024
En cuanto al contenido, destacan las siguientes modificaciones:
- En la exacción del Impuesto sobre el Valor Añadido Navarra aplicará los mismos principios básicos, normas sustantivas y formales vigentes en cada momento en territorio del Estado.
- Ello obliga a que Navarra deba modificar su régimen tributario cuando exista una reforma del régimen tributario común que afecte a normas sustantivas y formales de este impuesto.
- En el ámbito estatal, se establecen un impuesto complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, un impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, y se modifican otras normas tributarias, modifica la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Por tanto, se dicta este decreto foral legislativo de armonización tributaria que modifica la Ley Foral 19/1992, de 30 de diciembre, y el Reglamento del IVA, aprobado por el Decreto Foral 86/1993, de 8 de marzo, con el fin de que, en lo relativo al IVA, se apliquen en la Comunidad Foral idénticas normas sustantivas y formales que las vigentes en el Estado.
