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Boletín: Febrero 2024

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El Tribunal Supremo ha establecido un nuevo criterio sobre el plazo para ejercer la acción de responsabilidad por deudas sociales, determinando que este plazo comienza a correr al mismo tiempo que la acción para reclamar la deuda de la sociedad.

Durante mucho tiempo ha habido consenso en torno al plazo de prescripción de las acciones de responsabilidad de los administradores de las sociedades de capital, estableciéndose en cuatro años. Sin embargo, ha existido debate sobre si este plazo debía comenzar a contar desde que la demanda podría haberse ejercido o desde el momento en que el administrador cesaba en su cargo.

No obstante, en su fallo emitido el 31 de octubre de 2023, la Sala Primera del Tribunal Supremo ha determinado que, en el caso de la acción de responsabilidad por deudas sociales, el plazo de prescripción debe coincidir con el de la acción para reclamar la deuda a la sociedad. Esto significa que dicho plazo comienza a contar al mismo tiempo que la acción contra la sociedad.

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