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Boletín: Marzo 2026

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El 19 de marzo el Ministerio de Trabajo y Economía Social publicó el borrador del Real Decreto por el que se transpone la Directiva europea sobre condiciones laborales transparentes y previsibles.

En caso de aprobación del mismo, se reforzarían las obligaciones empresariales de información antes del inicio de la relación laboral, debiendo la empresa informar a las personas trabajadoras, entre otros, sobre los siguientes aspectos:

  • Retribución: (i) cuantía, periodicidad y método de pago del salario base y de los complementos salariales; y (ii) modo de cálculo y criterios de determinación de la percepción de conceptos salariales variables.
  • Distribución de la jornada ordinaria de trabajo: Diaria, semanal y anual; identificando cuando la jornada se desarrolle mediante trabajo nocturno o a turnos.
  • Modificación de la jornada de trabajo y los cambios de turno: Supuestos y procedimientos.
  • Horas extraordinarias: Acuerdos y retribución.
  • Vacaciones: Procedimiento para la fijación del periodo de disfrute.
  • Igualdad y conciliación: Identificación del plan de igualdad aplicable y de la política empresarial de conciliación.

Esta información deberá constar en el contrato de trabajo, o en uno o varios documentos escritos (el SEPE publicará un modelo de documento informativo).

En todo caso, por ahora se trata únicamente de un borrador de Real Decreto, por lo que estas obligaciones no serán exigibles hasta su eventual aprobación y publicación en el BOE.

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