El Tribunal Superior de Justicia de Baleares confirma la sanción de suspensión de empleo y sueldo impuesta a un trabajador por faltas injustificadas a su puesto de trabajo durante 227 días a lo largo de 3 años. Descarta que haya existido una tolerancia empresarial ya que la empresa sancionó cada una de estas conductas con descuento salarial, por lo que no es precisa la advertencia previa.
