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Boletín: Enero 2023

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B.O.N.: 27.01.2023
Entrada en vigor: 28.01.2023

Objeto

El objeto de estas bases es regular la subvención en 2023 en materia residuos industriales que se financian con el Fondo de Residuos según lo establecido en el art. 3 del Decreto Foral 49/2020 de 15 de julio, por el que se regula el Fondo de Residuos.

La finalidad de esta subvención es contribuir a la priorización de los escalones superiores de la jerarquía de residuos, al cumplimiento de los objetivos previstos en materia de residuos de conformidad con lo establecido en la Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de Residuos y su Fiscalidad y a lo establecido en el artículo 2 Decreto Foral 49/2020 de 15 de julio, por el que se regula el Fondo de Residuos.

El crédito autorizado para hacer frente a los compromisos derivados de esta convocatoria es de 1.400.000 euros que se repartirá entre los distintos tipos de proyectos y/o actividades que se detallan en el siguiente apartado.

Beneficiarios

 Pueden optar a las subvenciones que se regulan en estas bases:

  • Cualquier empresa que tenga su centro de producción en la Comunidad Foral de Navarra y generen o gestionen residuos industriales (según se definen en el art. 3 d) de la Ley 22/2011 y en el apartado 18 del PEMAR 2016-2022).
  • Entidades acreditadas como agentes de ejecución del Sistema Navarro de I+D+i (SINAI) e inscritas en el Registro de Agentes regulado por la Orden Foral 2E/2020, de 28 de febrero.

Actividades y gastos subvencionables

Serán objeto de subvención las acciones de gastos corrientes (estudios o proyectos, arrendamiento de bienes, material fungible, trabajos realizados por otras empresas, publicidad, jornadas, folletos, campañas informativas, etc.) o inversiones de capital, relacionadas con la gestión de residuos industriales. Para esta convocatoria, serán subvencionables los proyectos que desarrollen las siguientes líneas de actuación:

  • Línea 1 de actuación. Dotado con un máximo de 1.000.000 euros para proyectos de prevención, preparación para la reutilización, reciclaje u otro tipo de valorización, de residuos industriales basados en la modificación de los procesos productivos actuales y en aplicación de las mejores técnicas disponibles. En los proyectos que se basen en la modificación de procesos, se podrán incluir la utilización de materiales reciclados como materias primas de dicho proceso. Se incluirán aquellas actuaciones en la mejora de la trazabilidad, control y estandarización en la gestión de los residuos.

También podrán ser subvencionables la minimización de los residuos peligrosos industriales, las inversiones realizadas en las instalaciones de tratamiento de residuos, excluyendo las operaciones de almacenamiento en el ámbito de la recogida de residuos (operaciones R13/D15) y los proyectos de impulso a la economía circular.

  • Línea 2 de actuación. Proyectos de I+D+i de carácter industrial aplicados al campo de la prevención, de la preparación para la reutilización y del reciclaje de residuos industriales. Los cuales pueden incluir la investigación industrial y el desarrollo experimental incluidos el ecodiseño. Dotado con un máximo de 400.000 euros.

Forma y plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 1 mes, que comenzará el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BON y concluirá el mismo día en que se produjo la publicación en el mes de vencimiento.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes, que comenzará el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BON y finalizará el día del mes siguiente equivalente al del día de la publicación.

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