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Boletín: Abril 2025

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B.O.P.V.: 11.04.2025
Entrada en vigor: 12.04.2025

Objeto

Las subvenciones consisten en anticipos reintegrables destinados a impulsar la creación y desarrollo de Pymes de base tecnológica y/o innovadoras, y se otorgarán bajo los principios de publicidad, concurrencia y objetividad.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará el día siguiente a la publicación de esta Orden y finalizará el día 30 de mayo de 2025.

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