B.O.P.V.: 11.04.2025
Entrada en vigor: 12.04.2025
Objeto
Las subvenciones consisten en anticipos reintegrables destinados a impulsar la creación y desarrollo de Pymes de base tecnológica y/o innovadoras, y se otorgarán bajo los principios de publicidad, concurrencia y objetividad.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará el día siguiente a la publicación de esta Orden y finalizará el día 30 de mayo de 2025.
